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Historia de Sevilla

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LAS COFRADÍAS DE MAREANTES DE SEVILLA Y CÁDIZ EN EL SIGLO XVII

LAS COFRADÍAS DE MAREANTES  DE SEVILLA Y CÁDIZ EN EL SIGLO XVII

        Las cofradías de mareantes tenían una amplia tradición medieval tanto en los territorios de la Corona de Castilla como en los de Aragón. Rumeu de Armas encuentra cofradías de mareantes en el siglo XII y con más profusión ya en el XIII. Eran institutos gremiales que agrupaban a las personas dedicadas al mar, en cada villa o ciudad costera.

        Sevilla, ciudad de larga tradición marinera, tenía, como no, tenía una cofradía de pescadores con un hospital bajo la advocación del Espíritu Santo, y una cofradía de pilotos, maestres y contramaestres, bajo la advocación de Nuestra Señora del Buen Aire. Pues bien, de esta última y de su pugna con la gaditana del Santísimo Sacramento hablaremos en las líneas que vienen a continuación.

 

 

1.-LA COFRADÍA Y HOSPITAL DE LOS MAREANTES DE SEVILLA

        La cofradía y hospital de Mareantes fue un señero y poderoso instituto cuyos oscuros orígenes se remontan a mediados del siglo XVI. Se tiene constancia de su existencia al menos desde 1555. Ellos se sentían herederos de los privilegios del viejo colegio de Comieres, pero lo cierto es que nada tenían que ver con esta institución bajomedieval. Se trataba de una cofradía que funcionaba de forma similar a las gremiales, pues reunía a un grupo muy determinado de profesionales. Concretamente “los maestres, pilotos, capitanes y señores de naos de la navegación de las Indias”. Es decir, la cofradía y el hospital de los Mareantes tenían como objetivo primordial satisfacer las necesidades sociales y asistenciales de la gente del mar.

        Sus primeras reglas fueron aprobadas por el provisor del Arzobispado, en primera instancia, el 13 de marzo de 1561 y, por segunda vez, el 28 de diciembre de 1562. Unos años después obtuvieron la aprobación Real a través de una Provisión expedida por Felipe II. La Real Provisión estaba fechada en la villa de Galapagar (Madrid), el 22 de marzo de 1569. Posteriormente, dado el interés que suscitó entre sus hermanos, se realizó una edición impresa de las mismas, exactamente en 1578.

Esta corporación tenía una triple vertiente, a saber: una devocional, siendo los titulares de la cofradía la Virgen del Buen Aire, San Pedro y San Andrés. Desconocemos el origen de esta advocación del Buen Aire, aunque sabemos de la existencia en Cagliari (Cerdeña) de una devota imagen, con el título de “Nostra Signora de Bonaria”. Dos, asistencial, pues se erigía en hospital para curar a sus hermanos. Y tres, socio-política, pues también se articulaba como Universidad, “para defenderse de cualquier persona o institución que lesionase sus intereses”.

Como no podía ser de otra forma, esta institución tenía su sede en Triana, el barrio marinero por antonomasia. Concretamente se estableció en la calle del Espíritu Santo, luego conocida como de los Mareantes y actualmente como Betis. Según Ollero Lobato se ubicaba sobre una parcela de 429 varas cuadradas, dando la fachada principal al río y disponiendo de una puerta trasera que salía a la entonces llamada calle Larga –hoy conocida como Pureza-. Su iglesia fue inaugurada el día de la fiesta de Nuestra Señora de la O de 1573. Se denominaba oficialmente “Hospital de Nuestra Señora de los Buenos Aires”, aunque se le conocía vulgarmente como hospital de los Mareantes, según se explica en el encabezamiento de las Actas de la Universidad de Mareantes de Sevilla.

        El 24 de junio de 1596 aprobó unas nuevas reglas ante el ordinario, convirtiéndose en hermandad de penitencia, cuya salida con sus imágenes titulares quedó fijada en la tarde del Miércoles Santo. En el último cuarto del siglo XVII, probablemente en 1682, se trasladaron a su nueva sede en el colegio de San Telmo, cayendo en desuso su anterior asiento que entró en ruinas en la segunda mitad del siglo XVIII hasta su total desaparición.

        Como el gremio de Mareantes fue muy poderoso en Sevilla, igualmente poderosa fue su institución, es decir, la cofradía, el Hospital y la Universidad de Mareantes. Incluso, llegaron a tener hermandades filiales en América, como la que tenía su sede en el monasterio de San Francisco de Veracruz, en México.

        En sus reglas se entrevé toda su actividad financiera, asistencial y religiosa. La cofradía se sufragaba de una cuarta parte de soldada que se cobraba a los maestres de los navíos de la Carrera –luego pasó a ser media soldada-, de las limosnas que se recaudaban en las alcancías que se ubicaban en los navíos, y de las cuotas de los propios cofrades. Los servicios que prestaba a sus afiliados eran variadísimos: desde la asistencia en la enfermedad, hasta el entierro, las misas de difuntos o el auxilio a los hermanos que cayesen en la pobreza. Rendían cultos a la Virgen del Buen Aire así como a San Pedro y San Andrés. Asimismo, celebraban solemnemente la fiesta de la octava de Todos los Santos.

        Las últimas noticias que tenemos de esta cofradía están fechadas en 1704, siendo probable su desaparición en algún momento del primer tercio del siglo XVIII.

 

 

2.-LA DISPUTA CON LA DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO DE CÁDIZ

 

        En la primera década del siglo XVII hubo numerosos pilotos gaditanos que pertenecieron a la cofradía de Mareantes de Sevilla. Sin embargo, el descontento de estos cofrades debía ser manifiesto porque, residiendo como residían en Cádiz, no se podían beneficiar de las ventajas corporativas del instituto.

        Aunque la correspondencia localizada por nosotros en el Archivo General de Indias, está fechada en 1612, aluden a una representación remitida al Rey doce años antes en la que plantearon ya el problema, es decir, “que en aquel hospital no recibe beneficio ninguno la gente de las naos que se despachan en esta bahía”. Pero indican que, pese a las reivindicaciones dirigidas a los cofrades sevillanos, que debía responder en veinte días, jamás hubo una contestación oficial. Estaba claro que el problema no era nuevo, pero los cofrades sevillanos veían venir una peligrosa escisión que le restaría muchos ingresos. Por ello, actuaban pasivamente, con lo que hoy denominaríamos un silencio administrativo.

Pero, en 1612 los cofrades gaditanos no estaban dispuestos a conformarse con dicho silencio administrativo. Hartos de su situación de indefensión querían llegar a una solución definitiva y duradera. En Cádiz residían muchos maestres, pilotos y gentes del mar que no recibían ningún beneficio de su pertenencia a la Cofradía de Mareantes de Sevilla. Por ello pretendían que la cofradía del Santísimo Sacramento de Cádiz –probablemente ubicada en la Catedral, aunque no se especifica-, hiciese las veces de corporación gremial para las gentes del mar residentes en dicha localidad. Obviamente la idea gustaba a los hermanos de dicha cofradía, por lo que su mayordomo Pedro Martínez Fortún, capitán del presidio, escribió también al Rey informándole favorablemente. Como bien reconocía la hermandad era muy pobre y estaba necesitada de recursos. Por ello, los hermanos de la sacramental se beneficiarían de los ingresos de los mareantes y, a cambio, les darían respuesta a sus necesidades asistenciales.

Los ingresos tendrían un doble origen: primero, la media soldada que se pagaba en principio a la corporación sevillana iría a parar a las arcas de la sacramental gaditana. Y segundo, pretendían continuar con una práctica que ya era costumbre de colocar una alcancía para la hermandad en todos los buques que partieran de Cádiz. Al parecer, el juez Pedro del Castillo, aludiendo a una autorización del secretario del Consejo Pedro de Ledesma, lo había permitido desde hacía años. El juez que le sucedió, Juan Bautista de Baeza, pese a que jamás encontró dicha autorización, continuó permitiendo esta práctica por ser ya en Cádiz "costumbre y obra pía".

La hermandad tenía como cometidos habituales la asistencia a los pobres enfermos y la celebración de la fiesta del Corpus Christi. Su mayordomo afirma que como en Cádiz llegan muchos “herejes, moros y judíos al trato y comercio” había gran necesidad de que los actos públicos tuviesen “más pompa y fasto que en otras partes”.

A cambio de esos ingresos extras que le iban a proporcionar los mareantes gaditanos los hermanos del Santísimo se debían comprometer a prestarles dos servicios muy concretos, que especifican los propios armadores:

 

 

“Con obligación que ha de tener de dar las medicinas que hubieren menester los marineros, grumetes y pajes que de las tales naos enfermaren en esta ciudad para que se puedan curar en sus casas. Y con obligación de que todos los primeros domingos de cada mes diga dicha cofradía una misa rezada por los navegantes que nuestro señor les de buen viaje”.

 

Por tanto, queda claro, que la hermandad Sacramental les garantizaría un servicio espiritual y otro terrenal del que de hecho no gozaban con la cofradía sevillana.

La corporación sevillana se opuso hasta donde le fue posible. Pero parecían tan justas las reivindicaciones de los gaditanos que consiguieron salirse con la suya. De esta forma, la hermandad Sacramental de Cádiz, que tenía una larga tradición asistencial, se convirtió en la corporación gremial de los mareantes gaditanos.

 

PARA SABER MÁS:

 

LÓPEZ MARTÍNEZ, Celestino: “La Hermandad de Santa María del Buen Aire de la Universidad de Mareantes de Sevilla”, Anuario de Estudios Americanos, Vol. 1, Sevilla, 1944.

 

MIRA CABALLOS, Esteban: “Las cofradías de mareantes de Sevilla y Cádiz: disputas jurisdiccionales” Revista de Historia Naval, Madrid, Nº 99. Madrid, 2007, pp. 41-56.

 

OLLERO LOBATO, Francisco: “El Hospital de Mareantes de Triana: arquitectura y patronazgo artístico”, Atrio, Revista de Historia del Arte Nº 4. Sevilla, 1992

 

RUMEU DE ARMAS, Antonio: Historia de la previsión social en España: cofradías, gremios, hermandades, montepíos. Madrid, Editorial Revista de Derecho Privado, 1944

 

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS

 

LA OTRA CARA DE LA SEVILLA IMPERIAL: POBRES, PÍCAROS Y PROSTITUTAS

LA OTRA CARA DE LA SEVILLA IMPERIAL:  POBRES, PÍCAROS Y PROSTITUTAS

        Desde que en 1503 la Casa de la Contratación se estableciera en Sevilla, ésta se convirtió en “el puerto y la puerta de Indias”. A la sombra del comercio y de la navegación indiana Sevilla se convirtió en la gran metrópolis del sur, en la ciudad más poblada y rica de España. No tardaron en instalarse importantes colonias de extranjeros: genoveses, venecianos, flamencos, alemanes y portugueses, entre otros, buscando la rentabilidad y los negocios del mundo indiano.

         Sin embargo, siempre se destacan las luces de la Sevilla imperial, pero rara vez se narran sus miserias. Junto a esos burgueses y nobles que se enriquecieron, proliferó también un extenso mundo del hampa y la miseria. La Sevilla del quinientos no solo atraía a comerciantes europeos, obispos armenios, sultanes magrebíes y nobles amerindios sino también a todo tipo de pícaros, rufianes, vagos, mendigos y prostitutas que buscaban también una forma de ganarse la vida.

         Había una pobreza vergonzante, casi sorda porque apenas se veía. Miles de pobres que padecían miseria y hambre y por cuestiones sociales apenas se dejaban oír. Entre ellos, hay que incluir a las profesas de algunos de los muchos conventos que vivían de la caridad y en cuyas clausuras se practicaban con frecuencia dietas forzadas. Las desesperadas peticiones de las abadesas al concejo para que les concediesen del pósito algunas fanegas de trigo para comer son una constante en la Sevilla Moderna. Cuando llegaban las crisis cerealísticas lo pasaban mal hasta los pudientes, mientras que los pobres quedaban en un total desamparo. Según Ortiz de Zúñiga en 1552 se vivió en la ciudad tal carestía de alimentos que más de quinientos mendigos murieron en sus calles de inanición y de enfermedades.

         Pero junto a esta pobreza vergonzante estaba el extenso mundo del hampa: mendigos, vividores, pícaros, pedigüeños y delincuentes que llegaban a Sevilla desde todos los puntos de España en busca de oportunidades. Cientos de truhanes merodeaban por las Gradas, la Casa de la Contratación, el Arenal, las mancebías y las puertas de las iglesias en busca de alguien a quien convencer o extorsionar para que les ofreciese algunas monedas.

         También la prostitución adquirió una extraordinaria magnitud en la Sevilla Imperial. Muchas mujeres trabajaban en las mancebías públicas mientras que otras ejercían la prostitución callejera. El concejo regulaba y permitía los prostíbulos, al tiempo que perseguía su práctica en los espacios públicos. Y ello por dos motivos: primero, para evitar escándalos públicos y, segundo, para tratar de controlar la transmisión de enfermedades ya que en las mancebías se les hacía a las mujeres exámenes médicos periódicos. Para ejercer en la mancebía las aspirantes debían cumplir una serie de requisitos: tener doce años cumplidos, ser huérfana o abandonada, haber perdido la virginidad y estar sana. Muchas de las que no cumplían los requisitos o estaban enfermas salían a vender su cuerpo directamente a las principales calles, como la Cestería, la Carretería, o el barrio de Triana. Por eso no tiene nada de extraño que la grandeza de Sevilla corra paralela a la dramática difusión de la sífilis, que avanzada la centuria adquirió tintes de epidemia.

         Fruto de la caridad de algunos, a comienzos del siglo XVI, se fundó en Sevilla el Convento de Nombre de Jesús y casa de la Aprobación que acogía a prostitutas arrepentidas. Sin embargo, dado que vivían de la caridad sus profesas padecían unas estrecheces tales que era todo un disuasorio para las aspirantes. Incluso algunas decidieron colgar los hábitos y volver a ejercitar la profesión más antigua del mundo, menos decorosa pero más lucrativa. Casos muy paradójicos de estas mujeres que pasaban de la calle al cenobio y viceversa.

         Evidentemente, dentro del mundo de la prostitución las remuneraciones eran muy diferentes. Una mujer joven, atractiva y sana podía sacar cuatro o cinco ducados diarios -1.875 maravedís-, es decir, una verdadera fortuna, mientras que una mujer más mayor, menos agraciada o ambas cosas a la vez apenas sacaba tres o cuatro maravedís. Miguel de Cervantes en “El rufián viudo”, menciona a la Pericona, una prostituta de 56 años, desdentada, con el pelo cano y con sífilis, que se ataviaba con dentadura, gruesos afeites y tintes, pareciendo que tenía 30 años. Una mujer con oficio que llevaba ejerciendo la prostitución décadas y que sabía cómo ganarse la vida. La evolución de la prostitución en Sevilla adquirió tal magnitud que en 1601 se estimaba que había unas 3.000, algunas ejerciendo en las mancebías pero la mayoría en la calle.

Este mundo del hampa también forma parte de la historia de la Sevilla del Quinientos. Una gran ciudad con sus luces y con sus sombras. Grandes fortunas junto a grandes miserias; unos pocos afortunados y una mayoría de personas con poquísimos recursos, además de una extensa gama de expósitos, mendigos, vividores, prostitutas. Nuevamente, me sorprenden dos cosas: una, la tragedia que se masca detrás de la apariencia de grandeza de la Sevilla Imperial. A fin de cuentas, lo mismo los pobres de solemnidad que las prostitutas no eran más que víctimas del naciente sistema capitalista y de la imparable globalización. Y otra, las similitudes con muchas de las situaciones que todavía se viven en pleno siglo XXI. Es lamentable lo poco que hemos evolucionado éticamente los seres humanos.

 

PARA SABER MÁS

 

CARMONA GARCÍA, Juan Ignacio: “El extenso mundo de la pobreza: la otra cara de la Sevilla Imperial”. Sevilla, Universidad, 1993.

 

MORALES PADRÓN, Francisco: “La Sevilla del Quinientos”. Sevilla, Universidad, 1977.

 

PIKE, Ruth: “Aristócratas y comerciantes. La sociedad sevillana en el siglo XVI”. Barcelona, Ariel, 1978.

 

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS

LOS PREPARATIVOS EN SEVILLA DE LA GRAN ARMADA OVANDINA, 1501-1502

LOS PREPARATIVOS EN SEVILLA DE LA GRAN ARMADA   OVANDINA, 1501-1502

        En 1501 se tomaron dos decisiones muy relevantes: una, el nombramiento de Nicolás de Ovando como gobernador de las Indias, y otra, la designación de Gonzalo Gómez de Cervantes, como máxima autoridad de los asuntos indianos, mientras durase la estancia de Juan Rodríguez de Fonseca, entonces obispo de Córdoba, en Flandes, que se prolongaría finalmente hasta 1504. Como es bien sabido, dicho prelado había estado a cargo de los asuntos indianos desde mayo de 1493 pero, en 1501, dejó provisionalmente su puesto a Gómez de Cervantes, Comendador de la Orden de Calatrava, corregidor y justicia mayor de la ciudad de Jerez de la Frontera quien, además, estaba emparentado con el prelado, por lo que gozaba de su total confianza1. Era hijo de Juan de Ayala, alguacil mayor de Toledo, y de María de Cervantes, hermana del cardenal arzobispo Juan de Cervantes. No sólo era una persona del entorno fonsequista sino también un reconocido servidor de la Corona, pues había ayudado a afianzar de forma decisiva la reforma isabelina de los concejos. El 12 de julio de 1501, se le encomendó el apresto y supervisión de la gran flota ovandina, siendo su actividad frenética hasta el despacho de la escuadra en febrero de 15022. Bien es cierto, que su autoridad se extendía a la supervisión de cuantas expediciones partiesen para las Indias, como la de Alonso de Ojeda en 1501 o la del propio Cristóbal Colón en 15023.

         Es posible que parte del trigo para la elaboración del bizcocho de la flota, saliese de la comarca jerezana, al igual que había ocurrido en el segundo viaje de Colón y en otras armadas aprestadas en aquellos tiempos4. Según Giménez Fernández, era una persona honrada pero inepta lo que le convirtió en un títere del converso Gimeno de Briviesca5. Sin embargo, no he encontrado ni un solo indicio que me lleve a esa conclusión y, en cambio, sí que parece obvio que se convirtió en el primer factor encargado de apoyar la navegación ultramarina, algo así como el primer funcionario del comercio indiano, antes incluso del surgimiento del superministerio de la Casa de la Contratación6. De hecho, Diego Ortiz de Zúñiga justificó la creación de esta última institución en el hecho de que el aumento grande de las cosas de las Indias había provocado que fuese inasumible por una sola persona7. Su sede en Sevilla, estuvo bien meditada, primero, por la excelente protección que este puerto interior brindaba frente a los corsarios y, segundo, por su larga tradición mercantil8.

         Lo cierto es que se delegaron en él los siguientes cometidos, a saber: en primer lugar, el apresto de la armada, contratando fletes con armadores y maestres. En segundo lugar, la supervisión, autorización y asiento de todos los pasajeros en un libro9. Y en tercer lugar, la recluta de oficiales para la construcción de las fortalezas así como la adquisición de artillería y pertrechos tanto para la armada como para las construcciones defensivas de la isla10. Gómez de Cervantes, que vivió a caballo entre Sevilla y Jerez, se desposó con Francisca de Las Casas, procreando siete hijos, cinco mujeres y dos hombres: Juana de Cervantes, monja en el convento de Santa Clara de Sevilla, Beatriz de Cervantes, Aldonza de Cervantes, Catalina de Cervantes, Francisca de Casaus, Francisco de Cervantes y Juan de Cervantes11.

         El corregidor de Jerez estuvo asistido en todo momento por otros fonsequistas, a saber: el ya citado Gimeno de Briviesca, el doctor Sancho de Matienzo y el escribano real Gaspar de Gricio. El primero, era contador de los gastos de armada y tenía, además, facultad para nombrar un delegado en Cádiz. Asimismo, poseía el título de alférez mayor, siendo miembro del Consejo y asistente de Sevilla. Según Manuel Giménez Fernández, había cometido cohechos de forma reiterada desde 149312. En 1501, recibió la orden de entender en el apresto de los navíos, pero siempre bajo las órdenes del corregidor de Jerez13. Incluso, adelantó dineros propios que después le devolvió el tesorero Alonso de Morales. Por éste y otros méritos, en 1503, fue designado contador de la Casa de la Contratación, con un sueldo inicial de 68.000 maravedís anuales, ampliado al año siguiente hasta los 80.00014. El segundo, fue el tesorero de origen burgalés –de Villasana de Mena- que confeccionó el libro de armada en el que se enumeraba minuciosamente todo lo gastado en su apresto, así como el listado de embarcados. Finalmente, a partir de 1503 fue designado tesorero de la Casa de la Contratación, con unas atribuciones que más o menos desempeñaba antes de la constitución de la misma. Y el tercero, era secretario real para los asuntos indianos y poco después escribano mayor de las rentas reales de Indias, cargo que continuaron ostentando sus descendientes. Todos los despachos relativos a las Indias debían pasar por sus manos hasta su fallecimiento, en 1507, momento en el que fue sustituido en el cargo por Lope de Conchillos15.

         Otras personas colaboraron también en su despacho, como el alguacil de la Corte, Andrés Ruberto, que ayudo a agilizar los problemas de última hora al menos desde principios de 150216. También Juan de Silva, conde de Cifuentes y asistente de Sevilla, que se encargó de buscar el numerario que faltaban para terminar de ultimarla. Con el dinero en la mano pudo formalizar, el 1 de octubre de 1501, un nuevo contrato de mejora con los maestres con los que se había establecido inicialmente el flete17. No obstante, para el asistente de Sevilla, como para las demás autoridades, la flota de Ovando era una cuestión más de las que debía ocuparse, pues debía atender a otros asuntos, incluso de mayor relevancia, como la rebelión de los mudéjares en la Alpujarra granadina18.

         Como veremos en las líneas siguientes, la Corona se empeñó en preparar la flota minuciosamente, procurando la mayor celeridad posible. En esos momentos los problemas eran muchos: primero, porque desde 1501 se encadenaron una serie de malas cosechas que provocaron una larga hambruna en Castilla que se prolongó hasta 150819. Pese a la carestía de grano, la escuadra pudo ser bien aprovisionada de alimentos. Y segundo, porque los costes de su despacho, pese a ser una empresa mixta, superaban en esos momentos la capacidad económica de la Corona. De ahí que el 31 de octubre de 1501, como ya hemos afirmado, encargase al conde de Cifuentes que buscase 130.000 maravedís prestados que se necesitaban para acabar de pertrecharla20.

         El control de los emigrantes, que desde 1503 estuvo en manos de la Casa de la Contratación, recayó en los oficiales encargados de su gestión, es decir, en Gómez de Cervantes, Gimeno de Briviesca y el conde de Cifuentes21. También el propio Ovando debió tener alguna responsabilidad en la selección del pasaje, pues recibió instrucciones para que no consintiese el embarque de herejes, conversos y judíos ya que podrían dificultar la evangelización de los naturales22. Pero eso era solo teoría porque, en la práctica, todos ellos pasaron sin demasiada dificultad, primero, porque algunos de los que debían controlarlos como, Gimeno de Briviesca, tenían orígenes conversos. Y segundo, porque la vigilancia no fue exhaustiva y se admitió prácticamente a todo aquel que manifestó su voluntad de embarcar. De hecho, entre los pasajeros figuran miembros de conocidas familias de conversos, como Rodrigo de Alcázar, Juan de Esquivel o los hermanos Bernardino, Antonio y Cristóbal de Santa Clara, así como numerosos extranjeros. Y es que en las nuevas colonias existían más posibilidades de escapar a las miradas censoras de la Inquisición, aunque décadas después se implantase en las Indias el Santo Tribunal.

         A finales de 1501, los Reyes se encontraban realmente impacientes por despachar la flota cuanto antes. Y tenían razones para estarlo, pues habían llegado preocupantes noticias sobre los progresos y descubrimientos que estaban haciendo los portugueses. Mientras Vasco de Gama hacía varios años que había alcanzado la India, Pedro Alvares Cabral había recorrido, en abril de 1500, una parte de la costa brasileña, que llamó terra da Vera Cruz23. Y para colmo Américo Vespucio, financiado por la corona lusa, había zarpado a mediados del mayo de 1501, para seguir navegando la costa de Brasil hacia el sur, buscando un estrecho que le permitiese llegar a las Molucas24. Y aunque a su regreso ya había zarpado Ovando, las noticias parecían inquietantes. Urgía a los Reyes Católicos acelerar los planes expansivos de la corona de Castilla. Por ello, se volvió a apremiar tanto a Gómez de Cervantes como al propio Ovando para que agilizasen su despacho. La Corona habría querido que ésta zarpase antes de finalizar 1501, pero la mayor parte de los expedicionarios decidieron que no saldrían hasta los últimos días de enero o principios de febrero. El 15 de enero de 1502 estaba toda la flota agrupada en el puerto de Sanlúcar de Barrameda, dispuesta para el desatraque25. El propio gobernador, el 27 de enero de ese año, otorgó su testamento a bordo de la capitana Santa María de la Antigua, señal inequívoca de que estaba todo preparado y de que la partida era inminente26. Sin embargo, todavía tardarían dos semanas en levantar anclas, a pesar de que la Corona continuaban insistiendo en el perjuicio que se causaba en las mercancías perecederas, compeliendo al gobernador a zarpar con las naves que estuviesen aparejadas, sin esperar al resto, al tiempo que disponía multas de 10.000 maravedís a todos los que se mostrasen remisos al embarque27. Por ese motivo, Nicolás de Ovando salió con el grueso de la flota a primera hora de la mañana del 13 de febrero de 150228, mientras que siete días después, exactamente el 20 de febrero, zarparon los barcos donde viajaban Luis de Arriaga y sus supuestas familias de labradores29.

         La escuadra debió ser despedida en el puerto de Sanlúcar con música y festejos, como se acostumbraba a hacer con motivo de estas efemérides. Y es que difícilmente pudo pasar desapercibida una armada como ésta, en una Sevilla que, pese a ser la cabecera del comercio ultramarino, apenas disponía de 60.000 o de 70.000 almas30.

         La mayor parte de la escuadra se preparó en el puerto de Sevilla, donde el bullicio, desde finales de 1501 hasta febrero de 1502, debió ser desmedido. Unos pasajeros redactando sus escrituras de última voluntad, otros otorgando poderes o vendiendo propiedades para obtener liquidez, otros simplemente orando ante alguna imagen devota, como la Virgen de la Antigua de la Catedral de Sevilla, rogando por su buena ventura y, finalmente, otros ultimando la gestión de sus pasajes con alguno de los maestres que participaban en la jornada o solicitando préstamos para comprar mercancías. Señores de naos que apresuradamente contrataban seguros con alguno de los prestamistas genoveses o castellanos afincados en Sevilla, maestres que ordenaban los últimos retoques en el calafateo de sus naves y contramaestre que supervisaban la estiba. Cientos de arrieros, mercaderes, tratantes, banqueros, prestamistas particulares, artesanos de aquí para allá aprovisionando los barcos, aprovechando la menor oportunidad de negocio. Una actividad frenética como quizás nunca se había visto en Sevilla y que se repetirá algo más de una década después cuando se apreste la armada de Tierra Firme, del gobernador segoviano Pedrarias Dávila. Sin embargo, es importante destacar que algunos barcos se cargaron en el puerto de Sanlúcar y recibieron autorización para permanecer allí hasta la partida, desplazándose hasta dicha villa los escribanos para tomar nota de todo lo embarcado31. Por tanto, quede claro que el grueso de la armada se aprestó en Sevilla, pero que una pequeña parte de ella lo hizo en Sanlúcar de Barrameda.

 

PARA SABER MÁS:

 

MIRA CABALLOS, Esteban: “La gran armada colonizadora de Nicolás de Ovando, 1501-1502”. Santo Domingo, Academia Dominicana de la Historia, 2014.

 

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS

(*) Si algún lector está interesado en conseguir el libro, puede escribir a mi email: Caballoss1@gmail.com.

 

NOTAS


1 Esta cuestión ha sido extensamente analizada por SAGARRA GAMAZO, Adelaida: La otra versión de la historia indiana: Colón y Fonseca. Valladolid, Universidad, 1997, P. 63.

 

2 CODOIN, Serie 1ª, T. 38, pp. 491-493. El 8 de junio de 1501 todavía había firmado la capitulación con Alonso de Ojeda Juan Rodríguez de Fonseca, aunque menos de un mes después ya ocupaba su cargo Gómez de Cervantes.

 

3 En la capitulación de Vicente Yáñez Pinzón, otorgada en Alcalá de Henares el 5 de septiembre de 1501, se le pidió que, antes de zarpar, compareciera ante Gonzalo Gómez de Cervantes y Gimeno de Briviesca para que supervisasen el cargamento. VAS MINGO: Ob. Cit., p. 133.

 

4 Todavía el 19 de agosto de 1503 se estaba pagando a distintos vecinos de Jerez los cahices que dieron para el bizcocho de la segunda expedición de Colón, en presencia de Gómez de Cervantes. MUÑOZ Y GÓMEZ, Agustín: “Los jerezanos y el segundo viaje de Colón. Datos inéditos”. Boletín de la RAH, T. XII. Madrid, 1888, pp. 425-432. A Jerez se recurría cada vez que había una necesidad extraordinaria, como ocurrió en la sublevación mudéjar de 1500-1501. BELLO LEÓN, Juan Manuel: “Las milicias andaluzas en la sublevación mudéjar de 1500 y 1501”, Historia, Instituciones y Documentos Nº 37. Sevilla, 2010, pp. 48-49.

 

5 GIMÉNEZ FERNÁNDEZ: Ob. Cit., T. II, p. 593.

 

6 Dada la progresiva complejidad de la navegación y del comercio con las Indias, este órgano unipersonal y provisional no tardó en convertirse en una institución burocrática permanente. CERVERA PERY, José: La Casa de la Contratación y el Consejo de Indias (las2 razones de un superministerio). Madrid, Ministerio de Defensa, 1997, p. 28 y 34.

 

7 ORTIZ DE ZÚÑIGA, Diego: Anales Eclesiásticos y Seculares de la muy noble y muy leal ciudad de Sevilla, T. III. MADRID, Imprenta Real, 1796 (ed. facsímil de 1988), p. 190.

 

8 CERVERA PERY: Ob. Cit., p. 46.

 

9 Real Cédula a Gonzalo Gómez, Granada, 17 de agosto de 1501. CODOIN, Serie 1ª, T. 38, pp. 509-510. También en Cedulario T. I, p. 392.

 

10 Real Cédula a Gonzalo Gómez de Cervantes, Granada, 16 de septiembre de 1501. CODOIN, serie 1ª, T. 31, pp. 29-30.

 

11 GIMÉNEZ FERNÁNDEZ: Ob. Cit., T. II, p. 593. Según Diego Ortiz de Zúñiga, el matrimonio solo procreó dos hijos: Juan de Ayala, llamado igual que su abuelo, y Juana de Ayala, fundadora del convento de monjas concepcionistas de Nuestra Señora del Socorro. ORTIZ DE ZÚÑIGA: Ob. Cit., T. III, pp. 329-330.

 

12 GIMÉNEZ FERNÁNDEZ: Ob. Cit., T. II, p. 593.

 

13 Asimismo, en esa misma carta se le autorizó a colocar un oficial en Cádiz, durante todo el tiempo que estuviese en Sevilla entendiendo en el apresto de los barcos de la armada ovandina. Carta a Gimeno de Briviesca, Castro del Río, 31 de octubre de 1501. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fol. 66r. Cedulario, T. II, p. 75.

 

14 Aunque en la documentación oficial aparece nombrado como escribano, debe tratarse de una cuestión terminológica porque hacia las funciones de contador y así se le considera. LADERO QUESADA, Miguel Ángel: Las Indias de Castilla en sus primeros años. Cuentas de la Casa de la Contratación (1503-1521). Madrid, Dyquinson, 2008, p. 276. En 1505 le sucedió en el cargo el también fonsequista Juan López de Recalde.

 

15 THOMAS, Hugh: Quién es quién de los conquistadores. Barcelona, Salvat, 2001, p. 373.

 

16 Real cédula a Andrés Ruberto, Sevilla, 15 de enero de 1502. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fol. 77v. Colección Documental del Descubrimiento, T. III, pp. 1410-1411.

 

17 Véase el apéndice documental.

 

18 De hecho, el 15 de febrero de 1501 estaba ocupado en el envío de las tropas concejiles de Sevilla para sofocar la rebelión de los mudéjares. BELLO LEÓN: Ob. Cit., p. 23.

 

19 RÍO MORENO, Justo Lucas del: Los inicios de la agricultura europea en el Nuevo Mundo. Sevilla, ASAJA, 1991, p. 33.

 

20 El dinero debió ser suficiente porque por una orden del uno de agosto de 1503 se compelió a Gómez de Cervantes a que entregara al tesorero Sancho de Matienzo, el dinero que había sobrado del apresto de la armada ovandina. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fol. 114v. Cedulario, T. II, p. 189.

 

21 Como es de sobra conocido, esta institución recibió el encargo, desde principios del siglo XVI, de controlar el flujo migratorio con las colonias. Más concretamente, en 1509 se le ordenó que registrase a todos los viajeros, asentando qué es cada uno y de qué oficio y manera ha vivido y enviando esta información al gobernador u oficiales de las distintas regiones indianas para que vigilasen que estas personas continuaban en sus lugares de destino ejerciendo el oficio que tradicionalmente habían practicado en la Península. Real Cédula a los oficiales de la Casa de la Contratación, Valladolid, 14 de noviembre de 1509. AGI, Contratación 5089, fols. 32v-33v. CODOIN, Serie 1ª, T. XXXI, pp. 506-513. Y Serie 2ª, T. II, fols. 187-193.

 

22 La cláusula en cuestión decía lo siguiente: Ítem, por cuanto nos con mucho cuidado habemos (sic)de procurar la conversión de los indios a nuestra Santa fe católica, y si allá fuesen personas sospechosas en la fe a la dicha conversión podrían dar algún impedimento, no consentiréis ni daréis lugar que allá vayan moros, ni judíos, ni herejes, ni reconciliados, ni personas nuevamente convertidas a nuestra fe, salvo si fueren esclavos negros o otros esclavos que hayan nacido en poder de cristianos nuestros súbditos e naturales. Instrucciones dadas a Nicolás de Ovando, Granada 16 de septiembre de 1501. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fols. 39r-42v. Cedulario, T. II, pp. 61-66.

 

23 VERLINDEN, Charles y Florentino PÉREZ-EMBID: Cristóbal Colón y el descubrimiento de América. Madrid, Rialp, 1967, pp. 150-151.

 

24 Ibídem, pp. 153-154.

 

25 Ese día se ordenó a Andrés Roberto, alguacil de la corte, que acudiese allí a agilizar la partida, Sevilla, 15 de enero de 1502. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fol. 77v. Cedulario, T. II, p. 118.

 

26 Según Eugenio Escobar, que cita un documento de la Biblioteca Provincial de Cáceres, afirma que el 27 de enero de 1502, estando a bordo de la capitana, estableció sus últimas voluntades, fundando una capellanía en el convento de San Benito de Alcántara. La fundación debió de estar bien dotada económicamente pues dispuso nada menos que seis misas semanales por su alma. ESCOBAR PRIETO, Eugenio: Hijos ilustres de la villa de Brozas. Cáceres, Ayuntamiento de Brozas, 1961, p. 34. Muchos pasajeros más otorgaron su escritura de última voluntad, entre ellos Juan Caro, Luis de Ávila, Alonso de Vargas y Francisco Pomareda. Véase el apéndice I.

 

27 Real Cédula a Nicolás de Ovando, Sevilla, 2 de febrero de 1502. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fol. 78r. Cedulario, T. II, p. 120. Cit. en PEREZ DE TUDELA: La quiebra de la factoría, p. 245.

 

28 ORTEGA: Ob. Cit., T. II, p. 317. ORTÍ BELMONTE: Ob. Cit., p. 15. PÉREZ DE TUDELA: La quiebra de la factoría, p. 245. Alice Gould retrasa su salida dos días, exactamente hasta el 15 de febrero de 1502 GOULD, Alice B.: Nueva lista documentada de los tripulantes de Colón en 1492. Madrid, Editorial Orión, 1984, p. 227.

 

29 Véase el apéndice documental.

 

30 DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio: Orto y ocaso de Sevilla. Sevilla, Universidad, 1991, p. 71.

 

31 Real Cédula a Gómez de Cervantes, Jerez de la Frontera, 11 de noviembre de 1501. AGI, INDIFERENTE GENERAL 418, L. 1, fols. 68r. Santo Domingo en los manuscrito, p. 31. Cedulario, T. II, p. 83. Cit. en PÉREZ DE TUDELA: La quiebra de la factoría, p. 244.

 

LA ESPADAÑA

LA ESPADAÑA

La Espadaña, Revista de la hermandad de la Soledad de Alcalá del Río, Nº 4, de enero de 2015

 

Amablemente me han enviado a mi domicilio el último número del boletín de la hermandad de la Soledad de Alcalá del Río. La revista la edita el grupo de investigación histórica de la hermandad, encabezado Por María Soledad Garrido Velázquez y Mariano Velázquez Romero. De nuevo me ha sorprendido la cantidad y la calidad de los artículos. En la búsqueda de información sobre su querida cofradía han acudido a todo tipo de repositorios, accediendo a fototecas universitarias, archivos diocesanos o a colecciones internacionales, como la Bodleian Library de la Universidad de Oxford en el Reino Unido. Si en vez de ser el grupo de investigación de la hermandad de la Soledad de Alcalá del Río, fueran el equipo que busca los restos de Miguel de Cervantes o la capital de los Tartessos ya los habían encontrado, seguro.

Algunos artículos de este número son muy interesantes como el que firma Amparo Rodríguez Babío sobre el arca de las tres llaves donde se solían custodiar los documentos en el pasado. Aunque la autora alude solo a las cofradías, objeto de su artículo, también los concejos, audiencias, hospitales, congregaciones, etcétera disponían de una similar.

Ahora bien, el texto más interesante es el que firma María Soledad Garrido Velázquez, titulado “La regla de la cofradía de los Caballeros de la Asunción de Sevilla”. Fechada en 1533, regulaba una institución cerrada en la que solo podían ingresar los nobles e hidalgos de Sevilla. Al parecer fundada por doscientos caballeros ilustres de Castilla, reunía en ella a lo más granado de la nobleza sevillana. Tenía su sede y hospital en la antigua calle Castro de Sevilla, hasta su desaparición con motivo de la reducción de hospitales decretada el 27 de enero de 1587. Por cierto que organizaban anualmente en agosto una procesión solemne con la Virgen de la Asunción de los Reyes que todavía hoy, casi medio milenio después se sigue celebrando.

Otros trabajos diversos firmados por Juan Carlos Martínez Amores, Luis Alba Medinilla, José Miguel Aragón Martín, Ignacio Montaño Jiménez y Mariano Velázquez Romero, completan como siempre un nuevo número, plagado de novedades obtenidas a pie de archivo. Mi más sincera enhorabuena los miembros de este brillante equipo de investigación histórica. Quizás deberían superar el marco de su propia hermandad y pasar a estudios más completos referidos globalmente a la devoción popular en Alcalá del Río, o por qué no, a todo el reino de Sevilla.

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS

UN DOCUMENTO INÉDITO SOBRE LA HISTORIA DE LA VILLA DE DOS HERMANAS (SEVILLA)

UN DOCUMENTO INÉDITO SOBRE LA HISTORIA DE LA VILLA DE DOS HERMANAS (SEVILLA)

        El otro día en una visita fugaz por el Archivo de Simancas me salió al paso un pequeño documento contable de la época de Felipe II, referente al intento de compra de la villa por el I Duque de Alcalá en 1562.

        Recapitulemos brevemente lo que sabemos de su historia: aunque la ocupación de un término fértil como el de Dos Hermanas se remonta lógicamente a la prehistoria, la primera referencia escrita a esta toponimia data del año 1404. Hasta donde sabemos, permaneció como villa de realengo hasta su adquisición –temporal- en 1631 por el III Duque de Alcalá, Fernando Afán de Ribera y Téllez de Girón. Éste se comprometió a pagar por la jurisdicción civil y criminal 3,6 millones de maravedís. Dado que no cumplió los plazos del pago, en 1639, la venta fue traspasada al capitán Pedro de Pedrosa por 8.000 ducados, ostentando el rango de Señor de Dos Hermanas. Fue Carlos II, en 1679, el que le concedió al mismo el marquesado, en cuya jurisdicción se mantuvo la localidad hasta 1813.

        Pues bien, sabíamos vagamente que durante el siglo XVI había habido intentos de compra del término por algunos nobles y potentados. Ello no tenía nada de particular dada la fertilidad de sus tierras.

        El documento que comentamos, aunque está perfectamente catalogado en el archivo no es conocido o al menos no ha tenido difusión hasta la fecha. Se trata de un intento de compra de la villa por el duque de Alcalá nada menos que ¡69 años antes! Per Afán de Ribera y Portocarrero había obtenido la distinción de Duque en 1558 y tan sólo cuatro años después, exactamente en 1562, trató de adquirir infructuosamente la localidad. No lo consiguió, por lo que sería su finalmente nieto Fernando Afán de Ribera el que lo consumase en 1631, aunque por poco tiempo pues en 1638 fue traspasada su venta por impago.

        En el documento el Consejo se informa de las características de la villa y de las condiciones de venta. Empieza señalando que se encuentra a dos leguas de Sevilla y que tiene tan solo 270 vecinos. Con respecto al término, pregunta si está labrado o es de monte y la respuesta es clara: “tiene buen término, todo lo más labrado, y heredades”. A continuación, pregunta si viven personas principales a lo que se responde que “hay cuatro o cinco casas de caballeros dentro del lugar y, en el término, hay algunas haciendas buenas. Interroga asimismo, qué jurisdicciones compra a lo que se responde que compra vasallos, jurisdicción y alcabalas. El precio del vasallo se fija en 14.000 maravedís cada uno y la alcabala en 400 por vasallo. El millar de la renta de alcabalas, tercias y demás rentas se fijó en 36 por cada millar. Y finalmente, aclara que todo ello será abonado en tres tercios, a saber: el primero por la feria de mayo, el segundo, en la de octubre, “y en las Villalón las otras partes con que la postrera sea en juros de a catorce”. Resulta curioso que la tercera fecha de pago se cite a Villalón, que era una famosa feria de origen medieval que se celebraba históricamente en junio. Dicha información realizada en 1562 como consta en el reverso de la cuartilla, aunque finalmente no se llegó a catalizar la compra.

        Es todo lo que da de sí el documento; una mera anécdota que quizás resulte de interés para los aficionados a la historia de esta importante localidad sevillana, que en 2008 superaba los 120.000 habitantes.

ESTEBAN MIRA CABALLOS

El FENÓMENO COFRADIERO EN EL PASADO Y EN EL PRESENTE: UNA SÍNTESIS PARA NO INICIADOS

El FENÓMENO COFRADIERO EN EL PASADO Y EN  EL PRESENTE: UNA SÍNTESIS PARA NO INICIADOS

La Edad Moderna está considerada como la edad de oro del mundo religioso español, pues no había ningún aspecto de la vida cotidiana que no estuviese impregnado de un sentimiento religioso. Ese pietismo de la sociedad se plasmó materialmente en las inmensas donaciones legadas a las instituciones religiosas que en el siglo XVI llegaron a monopolizar la mitad de las rentas no solo nacionales sino también del Imperio.

Actualmente cuesta imaginar lo que debieron ser esas ciudades modernas con calles repletas de cruces, imágenes en las vías públicas, ermitas, oratorios, iglesias y conventos populosos, donde se desarrollaba una gran actividad económica, social y, por supuesto, religiosa. En esa sociedad, inserta en ese espíritu piadoso, las cofradías tuvieron una presencia constante en los lugares públicos, produciéndose una sacralización de la calle. Continuamente se celebraban actos públicos, rosarios nocturnos, cortejos procesionales, festividades, salidas en rogativa, etcétera. A veces con grandes manifestaciones públicas de júbilo, disparando cohetes o tirando salvas de honor. Las cofradías constituyeron, pues, las más genuinas manifestaciones socio-religiosas, culturales y festivas del hombre de la Edad Moderna, alcanzando su punto culminante en el período barroco. La mayor parte de los vecinos de la España Moderna pertenecían al menos a una asociación religiosa, beneficiándose de sus ventajas corporativas toda la familia.

           Se trataba de auténticas manifestaciones populares en tanto en cuanto estuvieron participadas por una gran parte del pueblo y tuvieron en muchos casos un devenir prácticamente independiente de la autoridad civil y de la eclesiástica. Buena parte del fenómeno cofradiero gozó de un amplio margen de autonomía, limitándose el control de la iglesia a la mera inspección de sus finanzas y del adecuado decoro de las imágenes. No obstante, todas ellas estaban sujetas a la supervisión de las autoridades eclesiásticas que controlaban todo lo referente a la moralidad de los fieles y a sus finanzas. Sin embargo, para muchas hermandades esta visita era el único control que sufrían, gozando el resto del año, sus miembros y en especial su mayordomo, de plena libertad. Además, había una gran cantidad de hermandades que nunca regularizaron legalmente sus estatutos y que vivían en una alegalidad que les permitían un margen más amplio de libertad. Por tanto, es posible aplicar a estas manifestaciones religiosas el concepto de religiosidad popular, aunque entendido en sentido extenso, es decir, como manifestación más o menos espontánea de toda una sociedad. En cambio, no se debe interpretar el concepto popular como referido al pueblo, en tanto baja extracción social ya que, lo mismo históricamente que en la actualidad, hubo grupos socialmente poderosos que asumieron, controlaron y fomentaron su desarrollo.

           Podían ser de muy diverso tipo: cofradías, hermandades y congregaciones. Desde el punto de vista de la advocación, coexistían toda una gama de corporaciones de santos protectores, cristíferas, marianas, sacramentales, de ánimas, caritativas, etcétera. En cuanto a las personas que formaban parte de dichos institutos también coexistían corporaciones con muy distintas circunstancias. Lo más usual era que fuesen cofradías abiertas, es decir, que estuviesen compuestas por todo tipo de personas, de distinta condición social, de distintas edades y de ambos sexos. Sin embargo, no eran inusuales las llamadas cofradías cerradas, cuyos límites podían ser muy diversos: gremiales, étnicas o simplemente limitadas en número. Había cofradías exclusivamente eclesiásticas, que funcionaban como una especie de mutua de los sacerdotes, aglutinados, casi siempre en torno a la advocación del apóstol San Pedro. Y en relación al sexo también tenemos cofradías dominantemente masculinas, y algunas congregaciones -casi todas ellas de la Orden Tercera- formadas exclusivamente por mujeres y en las que, por estatutos, no se podía admitir a ningún varón.

           En cuanto al status social de las personas, la mayoría admitían en sus filas a personas de diversa condición económica y social. Los únicos requisitos específicos solían ser dos: primero, el abono de la cuota de entrada y de otra anual y, segundo, la limpieza de sangre y, por tanto, la ausencia de orígenes conversos, hechos estos que normalmente se presuponían. No obstante, la cuota de entrada establecía una clara división social entre grupos más o menos pudientes. Por su parte, las cofradías de la Misericordia solían estar formadas por personas pudientes ya que buena parte de sus recursos eran aportados por los propios hermanos. Los fines de estas corporaciones eran básicamente caritativos y se suponía que la nobleza y los ricos tenían una obligación moral con los grupos sociales menos favorecidos.

           Asimismo, había cofradías gremiales en las que sólo se admitían hermanos pertenecientes al mismo ramo profesional. Cofradía y gremio solían ser la misma cosa, pues, a través de ellas los artesanos mantenían una mutua entre los miembros de su oficio. Estas cofradías gremiales funcionaban, más claramente que ningún otro tipo de asociación religiosa, como verdaderos seguros de vida para el asegurado y su familia. En unos tiempos donde no había seguros de desempleo, ni seguridad social, la única garantía de subsistencia en momentos adversos dependía exclusivamente de las acciones caritativas del propio gremio.

           Existieron, además, numerosas cofradías étnicas de negros, gitanos y moriscos, o multiétnicas que agrupaban a todos ellos. Su existencia se justificaba precisamente por la discriminación que sufrían estas minorías que, con frecuencia, veían vetado su acceso a las corporaciones de blancos y a sus beneficios espirituales y materiales. Como hemos comentado, la inmensa mayoría de las cofradías, en una cláusula casi rutinaria, prohibía el acceso a ella a toda persona negra, mulata, morisca o que desempeñase oficios viles. Es cierto que en teoría no debería haber existido esta discriminación porque los esclavos estaban bautizados y, por tanto, eran cristianos. Y precisamente, dado que no había un fundamento jurídico para su exclusión, se permitió y hasta se favoreció la existencia de estas cofradías étnicas, alguna de las cuales todavía mantienen su nombre, como la de los Negritos de Sevilla

           Las hermandades sacramentales y las de ánimas tenían también bastante aceptación se trataba de hermandades muy ligadas a la vida parroquial y, por tanto, a los párrocos, por lo que de alguna forma estas hermandades se convirtieron en el modelo de corporación dependiente que quería la Iglesia frente a esas otras hermandades independientes y a veces hasta enfrentadas a los poderes institucionales. Estas cofradías sacramentales estaban siempre tuteladas y fomentadas por el presbítero de la parroquia en que se encontrase ubicada.

           Hubo, asimismo, numerosas congregaciones, compuestas en su mayoría por mujeres que se dedicaban a la oración y al rosario público por las calles. En general eran mucho más interioristas, es decir, se dedicaban más a la oración, a la meditación y a los ejercicios espirituales. Sin embargo, hubo algunas que adoptaron el papel penitencial, sacando sus imágenes titulares en Semana Santa de la misma forma que lo hacían las demás cofradías.

          Pero vayamos al meollo de la cuestión: ¿Cuál era la finalidad de estas corporaciones? partimos de la base que el fenómeno cofradiero fue fruto de una sociedad profundamente creyente, aunque en algunas ocasiones éste estuviese impregnado de un aire lúdico y festivo que incitaba poco a la espiritualidad. Sin embargo, dicho esto, tampoco se puede dudar del servicio mundano que los ciudadanos obtenían de dichas corporaciones. El objetivo fundamental de su existencia era la atención a sus mutualistas enfermos, la asistencia a sus funerales y la financiación de sufragios. Por ello, casi todas disponían de bóveda de entierro donde sepultar a sus hermanos. Para ser inhumado en ella se requería normalmente haber sido en vida hermano de la cofradía, o pagar una importante cantidad para inhumarse allí. Así, cuando fallecía un miembro, la cofradía en cuestión acudía a su entierro, portando el féretro los hermanos, y aportando los blandones para el cortejo y el estandarte de la corporación.

           Cuando en 1781 Carlos III expidió una orden por la que se prohibían los enterramientos en las iglesias, las hermandades se vieron forzadas a abandonar paulatinamente este cometido. Especialmente afectadas se vieron las hermandades más pobres ya que no dispusieron de fondos suficientes para adquirir nichos o terrenos en los cementerios públicos. Sea como fuere lo cierto es que, a partir del siglo XIX, las cofradías que sobrevivieron tuvieron que readaptarse a las nuevas circunstancias.


PARA SABER MÁS

 

CALLAHAN, Willian J.: Iglesia, poder y sociedad en España, 1750-1874. Madrid, 1989.

HÖFFNER, Joseph: La ética colonial española en el Siglo de Oro. Cristianismo y dignidad humana. Madrid, 1957.

MARTÍN VELASCO, Juan: Religiosidad popular, religiosidad popularizada y religión oficial. Salamanca, 1978.

MORENO, Isidoro: Cofradías y hermandades andaluzas. Sevilla, 1985.

RUMEU DE ARMAS, Antonio: Historia de la previsión social en España. Cofradías, gremios, hermandades, montepíos. Madrid, 1944.


ESTEBAN MIRA CABALLOS

LAS SEMANA SANTA SEVILLANA EN EL TRIENIO LIBERAL (1820-1823) SEGÚN MANUEL CHAVES

 

Hace ya unos años cayó en mis manos un folleto de ocho páginas, firmando por un tal Manuel Chaves: La Semana Santa y las cofradías de Sevilla de 1820 a 1823. Sevilla, Imprenta de E. Rasco, 1895. Desde el primer momento me llamó la atención la minuciosa y metódica investigación pese a haberse escrito a finales del siglo XIX y por un autor del que en esos momentos no sabía nada.

Con posterioridad, pude averiguar que se trataba de Manuel Chaves Rey, un buen periodista y escritor sevillano nacido en 1870, hijo de José Chaces Ortiz y de María Dolores Rey Piñal, y fallecido en la misma ciudad el 7 de noviembre de 1914, a los 44 años de edad. Pese a su prematura muerte, dejó una amplia obra de más de un centenar de títulos, entre ellos éste sobre las cofradías sevillanas en el Trienio Liberal. Su producción escrita fue de una magnitud similar a la de los afamados escritores e historiadores José Gestoso, Luis Montoto o Joaquín Guichot con los que, por cierto, mantuvo una gran amistad.

¿Y a qué se ha debido su olvido? Como casi siempre, a motivos políticos con los que, para colmo, él no tuvo demasiado que ver. Su hijo, Manuel Chaves Nogales (1897-1944) fue un periodista ligado a la II República española que, tras el triunfo de los golpistas, sufrió el exilio. Tras la implantación de la dictadura franquista, el apellido Chaves quedó proscrito y la obra de ambos olvidada.

En las últimas décadas se está tratando de recuperar su memoria, con la reedición de algunas de sus obras más significativas. La Diputación Provincial de Sevilla publicó en 1993 su Obra Narrativa Completa, y en el pasado año de 2012 se ha reeditado su libro Páginas Sevillanas, publicada originalmente en 1894. Esta reimpresión está precedida de una magnifica introducción a cargo de José María González-Serna de la que hemos extractado esta semblanza biográfica.

Me ha parecido oportuno transcribir y publicar en el bloc este pequeño artículo sobre las cofradías en el Trienio Liberal, porque llena un importante vacío en la historiografía cofradiera sevillana y era de difícil acceso para los investigadores.

 

Esteban Mira Caballos (edit.)

 

 

LA SEMANA SANTA Y LAS COFRADÍAS

DE SEVILLA DE 1820 A 1823.

 

Carta al Excmo. Sr. Duque de Tserclaes de Tilly. Mi respetable señor y amigo: la historia de las procesiones que durante los días de la Semana Santa recorren las calles de Sevilla, no deja de ser para muchas personas, y de ocupar una señalada página en los anales de nuestra población: por esto son varios los libros que se han publicado acerca de las cofradías y no pocos los folletos y artículos que sobre el mismo asunto han visto la luz, con noticias de mayor o menor importancia, según la diligencia y erudición de sus autores.

Vuestra Excelencia que guarda en su rica biblioteca tantas preciosidades bibliográficas, y que ha conseguido con laudable constancia reunir tan considerable número de periódicos, opúsculos, hojas sueltas, manuscritos y papeles de todas clases, antiguos y modernos, relativos a Sevilla, no podía por menos de tener algo sobre sus cofradías y, en efecto, debido a su amabilidad he tenido ocasión de ver una colección de los cartelitos que anualmente se imprimen anunciando las hermandades que han de salir con sus imágenes que, si son apreciables por los detalles que en algunos se contienen, no lo son menos porque sabido es que esos pliegos, cuya actualidad es bien efímera, nadie por lo común se cuida de conservarlos y, una vez leídos a su tiempo, se rompen o estropean como cosa inútil.

Repasando, pues, esas listas de procesiones, la primera de las cuales creo que se remontan a 1623, he notado que faltan las de los años 1820 a 1825, lo cual se explica porque en aquellos, como en algunos de los que duró la invasión francesa, no salió ninguna de las muchas cofradías que por entonces estaban organizadas en los conventos y parroquias de esta capital.

Deseoso yo en esta ocasión, como en cuantas se me ofrecen, de ilustrar con mis escasos conocimientos un período, quizás el menos conocido y más interesante del siglo presente, me he dado a buscar algunos datos que llenen en parte el vacío que naturalmente encontrará quien quiera seguir las vicisitudes por que han pasado las cofradías sevillanas en la actual centuria. El resultado de mis investigaciones hasta ahora son los documentos y noticias que incluyo más adelante en esta carta, añadiendo también algo de cabo propio, que me parece pertinente al asunto.

Dos meses y medio después del suceso de las Cabezas de San Juan, se juró en Sevilla la Constitución de 1812 y, como al restablecerse el nuevo régimen eran muchos los descontentos de él, y no pocos los instigadores de influencia suficiente, fue preciso a las nuevas autoridades que tomaron el mando de la provincia adoptar algunas medidas en evitación de sucesos desagradables próximos siempre a ocurrir en aquellos turbulentos días en que los odios y rencores políticos estaban tan enconados.

Aumentáronse estos con las manifestaciones de entusiasmo de que fue objeto por parte de los exaltados patriotas D. Rafael del Riego cuando llegó a Sevilla el lunes 20 de marzo y el jefe político que lo era entonces D. Tomás Moreno Daóiz, tuvo que hacer no pocos esfuerzos para no verse comprometido en los primeros días del régimen constitucional del que era decidido partidario como lo demostraba la parte activa que había tomado en la conspiración desde que comenzó a fraguarse en el año anterior de 1819.

Estando próximos los días de Semana Santa, el jefe político se dispuso a tomar ciertas disposiciones respecto a la forma y manera en que habían de salir las cofradías, y algo debiese traslucir a las hermandades, pues, con cierta reserva reuniéronse los jefes de ellas el Viernes de Dolores 24 de marzo, y aunque muchas tenían ya anunciado que como en años anteriores sacarían sus pasos, acordaron no hacerlo hasta ver qué actitud tomaba la autoridad en aquella ocasión.

Mucho debió madurar sus disposiciones Moreno Daóiz, pues, el Domingo de Ramos aún no había dictado orden alguna; y como quiera que la hermandad que en aquel día le tocaba salir era la titulada Sagrada entrada en Jerusalén, Santísimo Cristo del Amor y Nuestra Señora del Socorro , y de ella formaban parte muchos sujetos poco amigos del sistema constitucional, temieron estos que el jefe político les hiciera algún perjuicio y, dejando en el templo de San Miguel los tres pasos, ya adornados y dispuestos se fueron a la Catedral sin insignias ni vestimentas a escuchar el sermón y Miserere que hubo por la tarde, según escribe D. Félix González de León.

Al día siguiente apareció por las esquinas de Sevilla el siguiente bando, que se repartió también en algunos sitios públicos y que, para que llegase a conocimiento de los interesados, se envió bajo sobre a las parroquias y conventos. El bando, que copio de su original, dice así:

“S. Tomás Moreno y Daóiz, Caballero Gran Cruz de la Real y militar orden de San Hermenegildo, profeso de la de Santiago, teniente general de los ejércitos nacionales, presidente de la Junta Conservadora de la Compañía del Guadalquivir, jefe superior político interino de de esta provincia y gobernador militar de esta plaza, etc., etc., hago saber al público que, deseoso de que no se disminuya en lo más mínimo el divino culto, que constituye una parte tan sublime de nuestra santa religión católica, objeto de la primera atención del gobierno y que el religioso vecindario de esta ciudad ejercite su piedad y devoción como tiene costumbre en todas las semanas santas, adorando en las calles públicas las sagradas imágenes que sacan en procesión las cofradías y hermandades de penitencia aprobadas, he resuelto que éstas hagan sus estaciones devotas, si lo tuvieran por conveniente, previas las licencias y formalidades con que hasta aquí lo han verificado, atemperándose a salir las de madrugada al ¿compás? el día y a recogerse las demás a las oraciones, llevando los individuos de unas y otras las caras descubiertas. Estos medios de precaución los exige por ahora el interés público para reservar el orden y dejar toda ocasión que directa o indirectamente pueda influir en perturbarlo. Y para que llegue a conocimiento de todos se fija el presente. Sevilla, 27 de marzo de 1820. Tomás Moreno Daóiz.

Conforme los cofrades tuvieron conocimiento de este bando, enterándose de que se les obligaba a hacer las estaciones antes del oscurecer y a llevar las caras descubiertas sin usar capirotes y túnicas, se negaron en absoluto a salir, bien por no quebrantar la tradicional costumbre, bien por protestar de cierta manera del gobierno que acababa de establecerse.

Y tan firme fue la resolución de los hermanos y tan a pechos tomaron el bando del jefe político que cuando el martes 28 se reunieron en la capilla de las Doncellas de la catedral del Deán Miranda y el alcalde constitucional para dar la lista de las procesiones y señalarles las horas no se presentó ningún cofrade, como se demuestra por el curioso documento, inédito según creo, que voy a copiar y que existe manuscrito y firmado n el Archivo Municipal de Sevilla (Tomo V, letra C, de las Escribanías de Cabildo):

 

“En la ciudad de Sevilla, a 28 de marzo de 1820, estando en la capilla de Nuestra Señora de la Concepción (vulgo de las Doncellas) de esta santa metropolitana patriarcal iglesia el licenciado D. Fabián de Miranda y Sierra, presbítero, deán y canónigo de esta misma santa iglesia y vicario capitular de ella y su arzobispado sede vacante, y el Sr. D. Francisco Cavaleri, alcalde primero constitucional del Excelentísimo Ayuntamiento de esta dicha ciudad, su término y jurisdicción para nombrar y señalar las cofradías que han de hacer sus estaciones en la presente Semana Santa en esta ciudad y barrio de Triana y darles el orden, modo y forma que han de observar en virtud de la Real Orden de 20 de febrero de 1777, mandaron se les notifique y haga saber a todos los oficiales y hermanos que a continuación se expresan salgan con las procesiones a las horas señaladas, a fin de que hagan sus estaciones de día y se retiren a sus respectivas iglesias, capillas o conventos antes de oscurecer, como se previene en dicha Real Orden, y así mismo que vayan todos los que asistan a las enunciadas procesiones con la decencia y compostura que se requiere en casos y ejercicios tan santos.

Que no se permitan disciplinantes ni otros espectáculos semejantes, y que ninguno de ellos o quienes se le permita llevar túnica se cubra el rostro de modo alguno, ni lleven las túnicas forradas de tafetán ni otras galas de colores y exciten y manden y encarguen a los alcaldes y cofrades de las referidas cofradías que, para conseguir el santo fin de la institución y que puedan meditar mejor en la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo vayan confesados y comulgados.

Que no lleven más de veinticuatro clérigos, además del presidente y de allí abajo los que les permite, como no sean menos de doce, sin que se incluyan los caperos y sacristán mayor.

Que las personas que lleven las demandas para recoger las limosnas que voluntariamente dan los fieles sean sujetos de maduro juicio, que pidan con moderación y que así estos como los que lleven las trompetas y canastos de cera sean elegidos y nombrados por los alcaldes y oficiales de las cofradías.

Que las cofradías a que no se señale hora no puedan salir este año; y a las que se les de, guarden las señaladas sin que saquen paso nuevo, no estando previamente visitado y aprobado por el señor vicario general.

Que si se encontraran dos cofradías en una misma calle, haya de pasar y pase primero la que fuere más antigua.

Todo lo cual y lo demás que comprenden los edictos publicados guarden, cumplan y ejecuten las personas aquí comprendidas bajo apercibimiento y con la pena de santa obediencia que dicho señor vicario capitular impone a los transgresores y la de mil maravedís y demás que haya por el expresado señor alcalde primero constitucional que impone y efectuará contra los inobedientes, bajo de cuyas circunstancias se van a señalar las horas”.

Sigue a continuación la lista de las cofradías que iban a salir aquel año, lista que no quiero omitir, porque me parece digna de ser conocida:

 

Miércoles: Cristo de la Salud de San Bernardo; Prendimiento de Cristo y Nuestra Señora de la Regla, de Santa Lucía; Despedimiento y Virtudes, de San Isidoro; Nuestra Señora de la Presentación, de San Ildefonso; Cristo del Buen Fin, de San Basilio.

Jueves: Cristo de la Salud y Nuestra Señora de las Angustias, del convento del Pópulo; Cristo del Silencio y Virgen de la Amargura, de San Juan de la Palma; Columna y Azotes, del convento de los Terceros; Cinco Llagas de Nuestro Señor Jesucristo, de la Trinidad, Quinta Angustia, del convento del Carmen; Santo Cristo de la Coronación de Espinas, Nuestra Señora del Valle y Santa mujer Verónica del convento del Valle; Cena y Humildad, del colegio de San Basilio; Oración del Huerto, del colegio de Monte-Sión; Cofradía de la Veracruz, del convento de San Francisco; Cristo de la Pasión, del convento de la Merced.

Viernes de madrugada: Jesús Nazareno, Santa Cruz en Jerusalén y Nuestra Señora de la Concepción, de la capilla de San Antonio Abad; Cristo del Gran Poder, de San Lorenzo; Sentencia de Cristo y Virgen de la Esperanza, de San Gil.

Viernes por la tarde: Tres Necesidades, de la capilla de la Carretería; Exaltación de la Cruz, de Santa Catalina; Cristo de las Tres Caídas, de San Isidoro; Expiración, del convento de la Merced; la Soledad, del convento del Carmen.

Cofradías de Triana: Nuestra Señora de los Peligros, de Santa Ana; Nuestra Señora del Carmen, de Santa Ana; Cristo de las Aguas, del convento de San Jacinto; Cristo de la Expiración, del Patrocinio; Nuestra Señora del Desconsuelo, de Santa Ana; Cristo de las Penas, del convento de la Victoria; Cristo del Buen Viaje, de Sant Ana; Nuestra Señora de la Encarnación, de su capilla; Nuestra Señora de la Esperanza, de San Jacinto.

Este curioso documento termina del modo siguiente:

 

“…Y respecto a haber sido llamadas las cofradías supra scriptas por su orden, y no haberse presentado alcalde ni oficial alguno a solicitar la hora para su salida, según lo han practicado en los años anteriores, daban y dieron sus señorías por concluido este acto; y lo firmaron, de que confirmo. D. Fabián de Miranda, Francisco Cavaleri; Ventura Ruiz Huidobro, José Antonio de Olayarreta, notario mayor.

 

En vista de esto, pues, ni el miércoles 29 ni el Jueves 30 y Vieres 31 salió por las calles procesión alguna, causando esto gran descontento en la mayor parte del pueblo de Sevilla, que de tiempo inmemorial estaba ya acostumbrado a tales solemnidades.

Los sucesos políticos que después se desarrollaron y las manifestaciones de los concurrentes del café de San Fernando y de la Sociedad Patriótica del café del Turco, hicieron olvidar pronto las medidas del jefe Moreno Daóiz y la actitud de los cofrades que aguardaron al año siguiente para proceder según las circunstancias se presentaron.

Pero éstas, en vez de mejorar, se empeoraron para los hermanos que supieron que la primera autoridad civil pensaba no ya autorizar la salida de las cofradías en ciertas condiciones sino prohibirlas por un tiempo indefinido.

Algo se desprende de esto por el siguiente oficio, que tengo a la vista y que va firmado por el alcalde constitucional:

Oficio: “Para que el ayuntamiento pueda dar el debido cumplimiento a una orden del señor intendente, se servirá V. S. pasar a la secretaría del mismo en el término del tercero día una nota de las cofradías, hermandades, memorias y fundaciones que existan en ese establecimiento, con expresión de su jefe. Lo que anuncio a V. S. por acuerdo del ayuntamiento para su inteligencia y puntual cumplimiento. Dios guarde a V. S. muchos años. Sevilla, 7 de marzo de 1821. Justo García de la Mata.

Díjose luego entre la gente que iban a mandarse a disolver las asociaciones de cofradías para que en la Semana Santa que estaba próxima no hubiera lugar a influencias y manejos que dieran por resultado el que se reformasen las disposiciones que el año anterior había tomado D. Tomás Moreno Daóiz.

El Domingo de Pasión, 8 de abril, con objeto de protestar de ciertas manifestaciones de los partidarios del gobierno absoluto, organizaron algunos vecinos del barrio de San Bernardo, en unión de los guardias nacionales, la que llamaron fiesta del Quemadero, y la cual fue objeto de no pocas censuras por parte del Abad de San Basilio en un sermón famoso por el cual se le formó proceso y le valió más tarde el ser desterrado de esta provincia.

El 15 de abril los cofrades de la Entrada en Jerusalén hicieron una fiesta religiosa en el templo de San Miguel, donde pusieron en el altar las imágenes que sacaban en sus pasos.

Aquel año, según se lee en el Diario manuscrito de D. Feliz González de León, el Jueves Santo consagró los Oleos el obispo auxiliar, el lavatorio y comida de los pobres se verificó en el dormitorio del colegio de San Miguel, que estaba muy adornado, y los oficios de la catedral revistieron menos solemnidad que era costumbre.

Y llegó el año 1822, año turbulento y de continuos motines y alborotos en Sevilla, el alcalde que lo era entonces D. Félix María Hidalgo, hombre de natural apacible y más propio para dedicarse al pacífico cultivo de las musas, en el que se distinguió bastante, que para gobernar la ciudad en tan difíciles circunstancias como aquellas se presentaban después de celebrar algunas conferencias con las autoridades superiores, pudo conocer que éstas continuaban firmes en la idea de no permitir las cofradías como no fuera en las condiciones del año 1820.

Las hermandades de Sevilla invitaron a Fr. Juan Mateo Sánchez, del convento de San Antonio, para que predicase un sermón de Pasión, el cual se celebró el Domingo de Ramos, 31 de marzo, en el templo de San Miguel, por la tarde, no habiendo tampoco en aquella Semana Santa, que fue lluviosa y fría, procesión alguna que recorriera las calles de Sevilla.

A fines de aquel año el intendente de la provincia, obedeciendo a órdenes superiores intentó de nuevo la supresión de derecho de las cofradías, y volvieron a pedirse antecedentes y a practicarse no pocas diligencias, contestando el ayuntamiento a la circular que le fue enviada con el siguiente escrito, cuyo borrador tengo a la vista:

 

“En mayo del año anterior pasado se comunicó al ayuntamiento una circular de la intendencia de esta provincia por la que se le pedía razón de todas las cofradías, hermandades, memorias y fundaciones que existiesen en esta ciudad. En su cumplimiento nombró el ayuntamiento una comisión especial, a la que encargó la reunión de estas noticias que dirigió luego a esta intendencia. Estos son los únicos antecedentes que el ayuntamiento tiene sobre la materia de que se trata en el oficio de V. S. de 22 de octubre anterior, que se refiere a otra de 28 de noviembre del próximo pasado, la cual no ha recibido el ayuntamiento ni aparece inserta en las actas de cabildo. Lo que comunico a V. S. por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento en contestación a la circular de 22 de noviembre último. Sevilla, 14 de diciembre de 1822, Dios, etc. Sr. Intendente de la provincia”.

A pesar del interés con que he buscado noticias que llevaran a conocer qué resultado tuvo el asunto de la intendencia de la provincia, hasta ahora he sido poco afortunado, pues, nada que sirva a mi objeto he podido encontrar con sentimiento mío que en ninguna ocasión como en la presente encajarían mejor los trámites de un asunto en el que habría pormenores muy curiosos por las circunstancias que le rodeaban.

Fue el invierno de 1823, invierno de grandes lluvias, que trajeron como siempre a Sevilla el desbordamiento del Guadalquivir, causando graves perjuicios a la ciudad en la que, como ocurre en casos tales, hubo carestía de víveres, pérdida de intereses y no pocos destrozos y averías.

Súpose en Sevilla el día de San José que las tropas del Duque de Angulema estaban próximas a penetrar en España, que la Real familia y las Cortes se dirigían a esta población y que en diversos puntos de la Península brotaban chispas de rebelión, anuncio cierto del íntimo volcán que, imposible ya de contenerse más tiempo, estaba próximo a estallar. Tales sucesos produjeron grande agitación en los ánimos y fijó el interés de todos los sevillanos en los sucesos que comenzaban a desarrollarse, a nada más que a ellos prestaba toda su atención.

En tales circunstancias llegó el Domingo de Ramos, 23 de marzo, y ninguna cofradía dio señales de vida, a excepción de la establecida en San Miguel que la tarde de aquel día tuvo sermón que costeó a sus expensas.

Fueron aquel año los Oficios de la Catedral de escaso aparato; y para comprender el poco orden que entonces reinaba y hacerse cargo de lo difíciles de las circunstancias basta decir que en tiempos como aquellos se alteraron las prácticas religiosas como lo prueban estas líneas, escritas por González de León, y que dejo extractadas:

 

Jueves Santo: los oficios de la Catedral fueron a las ocho porque no hubo consagración de óleos por no haber obispo que lo hiciera, por lo cual se fue por ellos a Cádiz por el río en una balsa? fletada con remos. No hubo mesas de petitorio, ni comida de pobres, regalándoseles un vestido. Se puso el monumento con poca cera y con 32 lámparas menos. A las 11 se apagó el monumento y se cerró la Catedral.

 

Viernes Santo: los Oficios se hicieron sin óleos, por no haber llegado de Cádiz.

 

Tales son las noticias que se conservan de aquella Semana Santa, en la cual hubo abundantes lluvias que entorpecieron no poco los apresurados trabajos que se hacían para preparar el recibimiento del Monarca, que llegó el 10 de abril a las dos de la tarde…

Pero he notado (a buena hora) que las presentes líneas son ya demasiado largas para carta y que la paciencia de V. E., si ha llegado hasta aquí leyendo, se irá acabando. Sin embargo, antes de concluir diré que el restablecimiento del poder absoluto en nada favoreció a las hermandades de cofradías sevillanas, pues al llegar la Semana Santa de 1824 y cuando ya los devotos se preparaban a salir de nuevo como el año de 1819, cuando ya algunas hermandades tenían colocados los pasos en sus templos, y casi todos hechos los gastos necesarios fueron sorprendidos con un edicto del asistente D. José Aznárez que sucedió a Módenes al ser elevado a consejero de Castilla y del cual copio los principales párrafos que dicen así:

 

“Edicto: D. José Aznárez, del Consejo de Estado, Académico de honor de la de Nobles y Bellas Artes de San Luis de la ciudad de Zaragoza, individuo de la Real Sociedad Aragonesa de Amigos del País, socio honorario de la de esta ciudad, intendente de su provincia, juez de rematados, de Alzadas de este Consulado, privativo del diezmo de aceite, verdeo de aceitunas e higos de esta ciudad, su Aljarafe y Ribera, superintendente y juez privativo del Real negociado de maderas de Segura y Alcaraz y sus contornos y subdelegado de las comisiones de incorporación, lanzas y medias annatas de esta dicha ciudad y su reino y subdelegado de correos y postas, habiendo llegado a entender se trata por algunas hermandades de nazarenos hacer estación con sus imágenes, según sus estatutos, en los días de la próxima Semana Santa, llevados de su piadoso celo por la propagación del culto y cuyos mismos sentimientos me animan, estando firmemente convencido de la religiosidad de este vecindario y su exaltación por la defensa de la religión católica que profesamos, y debiendo atender con el mayor conato a que en esta capital se conserve la tranquilidad pública, más apreciable ahora que nunca, he venido en decretar se observen los siguientes artículos:

1º.-No se permitirá la salida de cofradías de nazarenos que han acostumbrado hacer estación con sus imágenes a la Santa Iglesia Patriarcal…”.

 

Seguían a este artículo otros para el buen orden en aquellos días, algunos de los cuales aún están vigentes, y terminaba con severidad propia de la época a los que faltasen a lo dispuesto.

El edicto lleva fecha de 8 de abril de 1824, lo firma, por mandado del asistente D. José García Leconte, y se leyó en cabildo celebrado en 10 del citado mes, aprobándose en todas sus partes, según se ve por las siguientes líneas que, aparecen en el libro de Actas Capitulares (1ª Escribanía, año 1824):

 

“Leí a la ciudad el oficio que dirige el señor asistente, fecha 8 del corriente, remitiendo dos ejemplares impresos del bando de buen gobierno y tranquilidad pública que ha mandado en esta capital, esperando que el ayuntamiento, celoso por el mejor servicio del Rey, contribuirá a que tengan efecto las medidas gubernativas comprendidas en dicho edicto, en el que se prohíbe la salida de cofradías y otras determinaciones por conservar el orden público en los días de Semana Santa. Acordose de conformidad quedar la ciudad enterada y que se conteste por el señor procurador mayor al señor asistente”. El oficio de que se hace mención en el acta es como sigue:

 

“Asistente de Sevilla: Excmo. Sr.: Dirijo a V. E. ejemplares impresos del edicto que he mandado publicar en esta capital, persuadido que ahora más que nunca debe atenderse a la conservación de la tranquilidad pública; esperando del celo de V. E., por el mejor servicio del Rey nuestro señor contribuirá a que tengan efecto estas providencias gubernativas, por exigirlo así el bien de este benemérito vecindario. Dios, etc. Sevilla, 8 de abril de 1824. José Aznárez”.

 

También aquel año fueron escasas las solemnidades de la Catedral sin que ni él ni el siguiente tampoco se permitieran las cofradías que hasta 1826 no volvieron a presentarse en las calles, luciendo por primera vez siete, que tuvieron ocasión de lucirse por la agradable temperatura que se disfrutó en Sevilla desde el Domingo de Ramos, 19 de marzo, hasta el de Pascua 26.

Y ya concluyo: los documentos y pormenores que dejo apuntados los creo aún desconocidos, pues poco en verdad se dice de las Semanas Santas de 1820 a 1823 en los libros modernos de historia de Sevilla y en los que conozco dedicados a sus cofradías. Alguien, con más noticia que yo, podrá quizás mañana ilustrar este asunto, adornándolo con esas galas que tan bien sientan a los trabajos históricos; pero entretanto creo que la presente carta podrá servirle a quien tan aficionado se muestra siempre a las cosas de esta capital para llenar de algún modo el hueco que se nota en la apreciable colección de listas de procesiones que guarda en su rica biblioteca, donde tantas obras estimadas se encuentran.

Deseo, pues, que se miren estas líneas no como un trabajo literario y solo como unos apuntes, mejor o peor coordinados, pero hechos de seguro con el mejor deseo.

De V. E. seguro servidor y devoto amigo. Manuel Chaves. Sevilla 16 de mayo de 1895.

 

MANUEL CHAVES

LA REAL COMPAÑÍA SEVILLANA DE AZOGUES Y ESCLAVOS

 

1.-INTRODUCCIÓN

 

             En los primeros años de la Colonización la Corona asumió la empresa indiana como suya. De hecho, en el primer viaje descubridor de Cristóbal Colón aportó el 87,5 por ciento del capital, exactamente 1.140.000 maravedís2. En el segundo viaje colombino fue aún más allá, pues, a pesar de ser una empresa mucho más costosa –casi veinte veces más- la patrocinó íntegramente. En esos primeros años todo parecía indicar que el comercio indiano sería monopolizado por la Corona. Opción que además no podía extrañar a nadie, teniendo en cuenta el precedente portugués, cuyos reyes habían venido practicando el monopolio desde el siglo XV3.

Sin embargo, el alto coste de la segunda expedición colombina -más de 20 millones de maravedís- y los escasos beneficios que obtuvo de las tierras indianas hizo que, desde muy pronto revisase su política monopolística. Desde entonces la Corona se lo pensó dos veces antes de financiar íntegramente las expediciones. No obstante, con posterioridad hubo otras grandes empresas sufragadas total o parcialmente de las arcas regias, como las de Vicente Yáñez (1501), Nicolás de Ovando (1502), Juan de la Cosa (1503), Pedrarias Dávila (1514) o Diego de Almagro (1534). De todas ellas, las más gravosas fueron la de Nicolás de Ovando y la de Pedrarias Dávila. Con respecto a la primera, que zarpó el 13 de febrero de 1502, estuvo formada por una treintena de navíos, la mayoría pequeñas carabelas de menos de 100 toneladas, y unos 1.200 hombres4. Por su parte, en la que llevó en 1514 Pedrarias Dávila a Castilla del Oro viajaron unas 2.000 personas y su coste ascendió a más de 10 millones de maravedís5. Al parecer, pese al alto desembolso económico, el rey Fernando declaró que la inversión en dicha armada era “uno de los más grandes negocios que hay en el mundo”6.

Pero la Corona, siempre escasa de numerario, no tardó en dar lugar a la participación del capital privado. De hecho, al margen de estas pocas expediciones financiadas íntegramente por la Corona, conocemos en los primeros decenios del siglo XVI numerosas empresas descubridoras y conquistadoras de carácter mixto.

Al parecer, el período de empresas mixtas finalizó en 1543, coincidiendo con la creación del Consulado sevillano, pues, desde entonces el tráfico mercantil indiano quedó prácticamente en manos de la iniciativa privada7. Desde este momento se cedió todo el negocio mercantil con las colonias a los comerciantes y cargadores residentes en la cabecera de la carrera de Indias. Y ciertamente, en rarísimas ocasiones encontramos en adelante a la Corona financiando total o parcialmente las empresas indianas. Y es que, como bien se ha dicho, renunció al monopolio de la explotación económica de las Indias fundamentalmente por falta de recursos y de infraestructuras8. Por ello, podemos afirmar sin lugar a dudas que la Conquista de América fue una empresa básicamente privada.

            Y hasta tal punto estuvo decidida la Corona a privatizar todo el negocio que incluso firmó un asiento con el señor de Santa Cruz, Álvaro de Bazán, el 14 de febrero de 1550, con la intención de cederle el monopolio de la navegación con las Indias. En él, el señor de Santa Cruz, padre del también célebre Marqués de Santa Cruz del mismo nombre, se comprometía a enviar tres armadas anuales a las Indias con mercancías, trayendo a su regreso los caudales indianos. Y todo ello por la módica cifra de 9.600 ducados anuales9. A punto estuvo, pues, de cederse todo el monopolio del tráfico indiano a una sola persona. Sin embargo, las presiones de los mercaderes y comerciantes, a través de diversas instituciones como la Casa de la Contratación o el Consulado, fueron de tal magnitud que el Emperador decidió incumplir un acuerdo que él mismo había suscrito. Y aunque Álvaro de Bazán se quejó amargamente -con toda la razón, por cierto- jamás se llegó a poner en ejecución el citado contrato.

 

2.-LAS DUDAS DE LA CORONA: LOS INTENTOS POR RECUPERAR EL MONOPOLIO

              Pese a que, desde los años cuarenta, la Corona había decidido voluntariamente dejar el negocio de las colonias en manos privadas y dedicarse exclusivamente al lucrativo cobro de su quinto Real y de los otros gravámenes, todo parece indicar que albergó dudas. De hecho, Felipe II nada más acceder el trono, hacia 1556, ordenó que se recabase información entre los comerciantes de Indias sobre la posibilidad de que la Corona retomara el monopolio. Estamos en esa época previa a la instauración del sistema de dos flotas anuales cuando se hicieron tantas propuestas y tantos proyectos diferentes. Por eso, tampoco nos extraña demasiado la actitud dubitativa de la Corona.

Las opiniones de los expertos consultados coincidieron en que necesitaría un montante efectivo de al menos un millón de ducados, cifra que fue suficiente para disuadir inicialmente al rey Prudente10. Y es que, como ya hemos afirmado, la falta de liquidez de las arcas regias fue siempre un problema acuciante durante el reinado de los Austrias.

Pero, tan solo siete años después volvió nuevamente a intentarlo, en esta ocasión para controlar fundamentalmente el comercio de esclavos y del azogue. Así, en una Real Cédula, fechada el 10 de agosto de 1563, le decía a los oficiales de la Casa de la Contratación lo siguiente:

 

           “Sabed que yo he determinado hacer y formar una compañía de contratación y comercio para las Indias y que esto sea cargando y navegando por sola cuenta de la compañía, con estanco, que otro ninguno lo pueda hacer, esclavos y azogue, como lo podemos hacer justificadamente por estar prohibido que no lo lleve ni cargue ninguna persona, y allende de esto hacer cargazones y empleos en otras mercaderías generalmente y esto sin estanco sino como cualquier particular lo puede hacer”11

 

            Su objetivo era que los comerciantes de Indias participasen con una cuarta parte del capital, por lo que la Corona tendría el control absoluto sobre la compañía. Tras realizar diversos sondeos en Sevilla para saber cuántos comerciantes estarían dispuestos a participar en dicha empresa el resultado no pudo ser más sorprendente, a saber: tan sólo un negociante mostró interés, Hernán Vázquez de México, quien hizo una contraoferta a la Corona planteándole una sociedad conjunta. Como veremos en páginas posteriores, la Corona no aceptó finalmente, siendo la última vez que Felipe II se planteó participar en el comercio indiano a través de compañías Reales.

Para encontrar nuevos proyectos hay que llegar hasta la siguiente centuria, aunque todos ellos resultaron ser igualmente fallidos. Concretamente, en 1624 se presentaron dos proyectos para creación de dos compañías, una para el comercio con las Indias Orientales y otra con las Occidentales. Cuatro años después, es decir, en 1628, la Corona pidió que se estudiase la posibilidad de crear cinco compañías que comerciarían respectivamente con “Levante, Norte, Terranova, Indias Orientales e Indias Occidentales”12. Y nuevamente, en 1683, un miembro del Consejo de Indias presentó otro proyecto para crear una “Compañía Española Armada para el tráfico y el comercio de España con las Indias Occidentales y sus islas y puertos” que también terminaría quedando en papel mojado.

Habrá que esperar ya al siglo XVIII para encontrar compañías y fábricas reales. Se crearon varias compañías Reales de comercio con América como la Guipuzcoana de Caracas (1728), la Real Compañía de San Cristóbal de La Habana (1740), la Real Compañía de San Fernando (1747) y la Real Compañía de Barcelona (1755). A cada una de ellas se le dieron privilegios fiscales y se les dejó el monopolio de alguna zona indiana concreta. El objetivo no era otro que fomentar la participación de capital privado nacional en el comercio y en la industrial, para de esta forma frenar el protagonismo de los extranjeros en el comercio colonial13. También hubo compañías industriales dotadas de amplios privilegios en Extremadura, Zaragoza, Granada, Sevilla, Toledo, Burgos, etcétera, siendo el objetivo de buena parte de ellas la exportación de manufacturas a las Indias14.

 

3.-¿QUIÉN ERA HERNÁN VÁZQUEZ DE MÉXICO?

Ya hemos dicho que tan sólo Hernán Vázquez de México, comerciante afincado en Sevilla, se interesó por la propuesta de Felipe II. Nada más conocer las intenciones del rey elaboró presuroso su proyecto para crear una compañía mixta. Pero, ¿quién era este Hernán Vázquez? Era natural de Fregenal de la Sierra, entonces perteneciente al reino de Sevilla aunque vivía desde mediados del siglo XVI en la capital Hispalense. Por ejemplo, Santiago Rodríguez, testigo presentado en 1563 en un pleito declaró que lo conocía en la ciudad de Sevilla “de catorce años a esta parte poco más o menos”15. Otro deponente, Luis Cerón, manifestó en 1572 que lo conocía “de más de veinticinco años a esta parte en la ciudad de Sevilla y en ésta de México y le ha conocido en el trato de las mercaderías”16. Es decir, que residía en Sevilla desde antes de mediar la centuria y realizaba frecuentes viajes a México.

Por una Real Cédula expedida en Madrid el 24 de septiembre de 1561 obtuvo una licencia para llevar 1.000 esclavos de Cabo Verde a Nueva España17. En aquellas islas lusas tenía ubicado un factor, llamado Duarte Rodríguez, que se encargaba de comprarle los esclavos y embarcarlos en los dos buques que periódicamente salían de Sanlúcar de Barrameda con destino final en Nueva España. Los navíos en cuestión eran la Candelaria y el Gracia de Dios, cuyos maestres eran respectivamente Diego de Cáceres y Juan Catalán18. El primer viaje, para cumplir con el millar de licencias concedidas, lo realizaron en diciembre de 1561. Sin embargo, tan sólo pudieron cargar 411 esclavos, porque al parecer Duarte Rodríguez no encontró más piezas que comprar19.

Obtuvo licencia para pasar a Nueva España el 14 de noviembre de 1567, pero debió regresar en 1570, volviendo a cruzar el charco en 157220. Su mujer, natural de Llerena, se llamaba Beatriz de Aldana y obtuvo licencia para reunirse con su esposo, en compañía de su hija Beatriz, el 25 de octubre de 157421. Sus viajes entre Sevilla y Veracruz fueron continuos, pues sabemos que estuvo en la ciudad de México al menos en tres ocasiones, una en algún momento de la década de los cincuenta, otra, en 1568 y otra en 1572. Tuvo negocios muy importantes, el más lucrativo de todos el de comercio de esclavos, manteniendo contactos con numerosos mercaderes asentados en Sevilla y en distintos puntos del continente americano.

Por tanto, como estamos viendo, nada tuvo de particular que Hernán Vázquez acudiera al llamamiento Real. En realidad, se trataba de seguir con la misma actividad que él venía haciendo pero con privilegios y con un socio de excepción cual era Felipe II. Por otro lado nada tenía de particular que un rico comerciante, sin ascendencia noble, pretendiese pactar con el mismísimo rey. En Sevilla comercio y nobleza estaban muy ligados, pues como escribió Alarcón “Es segunda maravilla un caballero en Sevilla sin rama de mercader”22. Tras caer en saco roto su propuesta de compañía de azogue y esclavos, se dedicó exactamente a lo mismo, aunque eso sí, en solitario.

Hernán Vázquez, colocó a otro factor en México, concretamente a su sobrino Gonzalo Rodríguez. A él le remitió, en la década de los sesenta, una gran cantidad de azogue, vino y esclavos negros por valor de más de 300.000 ducados. La idea era que los vendiera en Nueva España y remitiese a Sevilla los beneficios en plata. Pero, desgraciadamente para el comerciante sevillano, la gestión de su sobrino resultó absolutamente desastrosa, primero porque dejó sin cobrar cientos de miles de maravedís, y segundo, porque se lucró personalmente, como luego se demostraría.

El monto del desfalco fue tal que Hernán Vázquez decidió, con buen criterio, acudir personalmente a México para salvar al menos una parte del capital invertido. Realmente, estaba al borde de la quiebra. Obviamente, lo primero que hizo a su llegada fue demandar judicialmente a su factor y pariente. A continuación, comenzó a reclamar deudas a todos los morosos a los que su factor, por dejadez o por incapacidad, no había podido cobrar. Por ejemplo, Diego de Baeza del Río, vecino de México, declaró que le debían más de 230.000 pesos de oro “vecinos de esta ciudad y de Pirú y Guatemala y Jalisco y otras partes”23.

Asimismo, en mayo de 1570 suplicó a la audiencia que le traspasasen a la persona que él señalase el cargo de depositario general de México que Gonzalo Rodríguez había comprado en 8.000 pesos de oro con dinero suyo24. La compra del cargo no fue decisión del factor sino una orden directa de Hernán Vázquez. Precisamente, ya veremos como en el proyecto de compañía de 1563 pidió que el rey otorgase gratuitamente ese cargo al factor que la compañía nombrase en México. Así, que fallido el consorcio con la Corona, dispuso su compra. La justicia accedió a su petición porque no tuvo dificultad en demostrar que los 8.000 pesos con los que se compró el oficio eran de su propiedad. Así, al menos desde 1572 encontramos al propio Hernán Vázquez ostentando el cargo de depositario general de la ciudad de México. Habían transcurrido ya dos años desde su llegada a México, pero aún seguía cobrando dineros de sus morosos. Por ello, volvió a solicitar licencia para continuar allí pese a tener a su esposa en Sevilla.

Pero no sólo se limitó a recaudar débitos. El infatigable comerciante sevillano, además de llevar varios pleitos, de perseguir a sus morosos y de desempeñar el cargo de depositario general tuvo tiempo de continuar y ampliar sus negocios. De hecho, algunos testigos declararon que, en los años que estuvo en México cobrando sus dineros, remitió diversas partidas a Sevilla para que le enviasen mercancías. Es decir, antes el negocio lo dirigía desde la capital hispalense y desde 1570 lo hacía desde México.

No sabemos más de la vida de este acucioso comerciante. Desconocemos todo lo relacionado con los años finales de su vida por lo que no sabemos si finalmente regresó a Sevilla o si terminó sus días en la capital de Nueva España.

 

4.-EL PROYECTO DE COMPAÑÍA

Su propuesta, presentada ante el Consejo de Indias, no está fechada. Sin embargo, tenemos datos suficientes para aproximar bastante su datación. Por un lado, disponemos de una respuesta de los oficiales de la Casa de la Contratación al rey, fechada el 6 de noviembre de 1563 en que se alude al citado proyecto25. Por ello, si la Real Cédula pidiendo la participación de los comerciantes en una posible compañía mixta es del 10 de agosto de ese mismo año, es obvio que debió redactarse entre mediados de agosto y octubre de 1563. Unos momentos en los que Sevilla ya se había consolidado como epicentro del comercio colonial, es decir, como “puerto y puerta de las Indias”, utilizando expresión del Siglo de Oro. Sevilla era ya por aquellos años una ciudad opulenta como la describía Ortiz de Zúñiga, refiriéndose a 1564:

“Estaba Sevilla por estos años en el auge de su mayor opulencia: las Indias, cuyas riquezas conducían las repetidas flotas cada año, la llenaban de tesoros, que atraían el comercio de todas las naciones y con él la abundancia de cuanto en el orbe todo es estimable por arte y por naturaleza”26.

 

En este contexto fue Hernán Vázquez quien, en respuesta a la petición de Felipe II, propuso la creación de una compañía mixta. El documento es relativamente breve y poco preciso en muchos aspectos. Su propio autor lo reconoce explícitamente cuando escribe que si fuese necesario incluir nuevos capítulos se haga, pues, por sus muchas ocupaciones, no había podido detallarlos más27.

La sociedad tendría una vigencia de cinco años, que debían empezar a contar el 1 de enero de 1564 y expiraría el 31 de diciembre de 1568. Ahora, bien, si las cosas iban bien se preveía una posible prórroga de “otros cuatro o cinco años”. En realidad, dado que la compañía nacía con fecha de caducidad, todo parece indicar que se trataba más que de una compañía moderna de una societas de corte medieval28.

Estaría participada exclusivamente por dos socios capitalistas, Hernán Vázquez y el mismísimo Rey Prudente. Eso difería bastante de la pretensión de éste que más bien pensaba en la participación de un colectivo más o menos amplio de comerciantes. Pero, esta circunstancia tampoco debió parecer un obstáculo insalvable. Mucho más difícil de aceptar era que, mientras que Felipe II pretendía que la participación privada quedase reducida al 25 por ciento, Vázquez la amplió hasta el 50 y encima poniendo menos capital que el Monarca. Como capital inicial el soberano debía aportar 130.000 ducados, aunque aceptaba que fuese en género, es decir, 1.000 quintales de azogue, que se valoraban en unos 100.000 ducados y 1.000 licencias de esclavos que, a 30 ducados la pieza, montarían los restantes 30.000 ducados. El beneficio para la compañía sería cuantioso, pues, el precio de cada uno de estos esclavos podía alcanzar en las Indias un precio superior a los 70 ducados29.

En cambio, el sevillano debía invertir tan sólo 114.000 ducados, a saber: 100.000 en efectivo y los 14.000 ducados restantes en diversos juros que él poseía. El dinero en metálico esperaba tenerlo disponible cuando regresaran las flotas de Pedro de las Roelas y de Pedro Menéndez de Avilés30. Por cierto, que Pedro de las Roelas perdió parte de su flota en el mar Caribe, concretamente cinco navíos, aunque no parece que los caudales de Hernán Vázquez se viesen afectados. En cualquier caso, lo cierto es que la compañía dispondría de un capital inicial de 244.000 ducados, el 53,278 por ciento puesto por la Corona y el 46,722 por ciento por Hernán Vázquez. Sin embargo, los beneficios o las pérdidas de la empresa se repartirían al 50 por ciento entre ambos, una vez finalizado el lustro inicial por el que se constituía la sociedad.

El administrador general sería el propio Hernán Vázquez, quien se comprometía a tener su libro mayor y manual, donde se asienten “con día mes y año” todas sus cuentas. Él decidiría las mercancías a cargar, los barcos a fletar y la contratación o no de seguros, dependiendo de que le pareciese oportuno correr riesgos o no. Además podría poner factores libremente en las distintas plazas indianas a donde se enviasen las mercaderías, pagándole por ello lo que estimase oportuno. El mismo debía tomar las cuentas a estos factores. Una vez finalizados los cinco años por los que se constituía inicialmente la compañía, él, como administrador general, debía rendir cuentas. Lo haría ante dos mercaderes tratantes con las Indias, uno nombrado por él, otro por la Corona, y si se considerase necesario, otro nombrado por el consulado sevillano. Quedaba claro, pues, que la dirección de la compañía la llevaría Hernán Vázquez en exclusiva, limitando el papel del rey a mero socio capitalista.

Asimismo, la sociedad gozaría de toda una serie de privilegios, a saber: primero, dispondría de una atarazana o almacén gratuito en el puerto de la ciudad de Sevilla. Segundo, estaría excluida de cualquier secuestro de barcos o de caudales que la Corona solía hacer sobre otras compañías o cargadores de Indias. Tercero, disfrutaría del monopolio del azogue y de ventajas fiscales en la trata de esclavos negros. Y cuarto, al factor que colocasen en México se le debía entregar gratuitamente el cargo de depositario general de la citada ciudad.

La empresa se dedicaría fundamentalmente al comercio de azogue y de esclavos. En relación al azogue dispondría del monopolio absoluto, salvo de 300 quintales anuales que ya estaban previamente concedidos a otro comerciante, Juan Núñez. El precio de adquisición de este azogue por la compañía quedaría congelado durante todo el lustro en los 100 ducados el quintal que se estimaba que costaba en 1563. El estanco del azogue sería uno de los puntales básicos de la sociedad.

El otro puntal lo constituirían los esclavos negros. No habría monopolio aunque sí se debía dar autorización para que se invirtiesen anualmente 20.000 ducados en comprar esclavos en Cabo Verde y Santo Tomé. Además, se preveía que se le diesen gratuitamente tantas licencias como esclavos se muriesen en el trayecto aunque, eso sí, dando fiel testimonio del escribano de la nao. Con ese dinero se podrían comprar unos 500 esclavos anuales, cuyos beneficios, podrían prácticamente duplicar la cantidad invertida. No se especifica sí debían pagar el almojarifazgo de esclavos como se cobraba a los demás tratantes y que, entre 1550 y 1554, importaba unos 9,5 reales la pieza31. Pero, dado que la Corona era la misma socia capitalista, todo parece indicar que no. El negocio para Hernán Vázquez y para la compañía parecía redondo.

Por tanto, la compañía se dedicaría fundamentalmente al comercio en situación de privilegio del azogue y de los esclavos. No obstante, se dejaba la puerta abierta para que el propio Hernán Vázquez, como administrador general que era, pudiese cargar “otras mercaderías” que le parecieran oportunas, sin especificar cuáles. Sin embargo, en unas líneas más adelante, al referirse a la atarazana que la compañía debía tener en Sevilla, explica que serviría para meter el “azogue, vinos y otras mercadurías”. Así, que todo parece indicar que el vino sería, junto con los esclavos y el azogue, la otra mercaduría explotada por la compañía. Además, Hernán Vázquez tenía una larga experiencia en la exportación de caldos al Nuevo Mundo.

Se preveía, como ya hemos dicho, que la compañía fletaría dos buques anuales con el objetivo de transportar sus mercancías. Sin embargo, el administrador general se reservaba la posibilidad de registrar otras mercaderías “en la nao o naos que me pareciere”.

 

4.-EL FRACASO DEL PROYECTO

            En el mismo proyecto se incluía un plazo para la respuesta oficial, concretamente hasta finales de noviembre de ese mismo año de 1563. Hasta donde nosotros sabemos nunca se llegó a producir respuesta alguna. Ni tan siquiera hemos encontrado alusiones a ella en la correspondencia de aquellos años entre los oficiales reales y el Monarca. Sencillamente, se produjo lo que hoy llamaríamos un silencio administrativo. Y cabría preguntarse: ¿por qué no aceptó Felipe II?. Según Lorenzo Sanz, las condiciones eran excesivamente favorables al comerciante tanto que cualquier comerciante hubiese aceptado asociarse al rey en estas mismas condiciones32. Y efectivamente no le falta razón: ponía menos capital pero repartía al cincuenta por ciento, se erigía en administrador general, se reservaba en exclusiva el tráfico de azogue, conseguía una atarazana gratis en Sevilla, evitaba el pago del almojarifazgo de esclavos y, para colmo, pedía que los capitales de la compañía no fuesen en ningún caso incautados por la Corona como corrientemente solía ocurrir a los de otros comerciantes en el puerto de Sevilla. Obviamente, las condiciones eran ventajosísimas para Hernán Vázquez. La compañía, participada por el rey, disfrutaría de unos privilegios impensables en otras compañías privadas que hacían la carrera de Indias.

Pero, entonces, si cualquier comerciante hubiese aceptado ¿por qué Hernán Vázquez fue el único que respondió a la propuesta del Rey?. No tenemos una respuesta para dicha pregunta. Probablemente, muchos mercaderes y comerciantes jugaban con un margen de comercio fraudulento que no registraban, fletaban navíos sin la suficiente artillería y buscaban mil artimañas para burlar los controles fiscales de los oficiales de la Casa de la Contratación. Obviamente, esto sería mucho más difícil siendo una compañía compartida con el rey, donde en principio éste pretendía tener el control del 75 por ciento de la misma.

             No creemos que estas excesivas peticiones de Hernán Vázquez fuesen la principal causa de la negativa regia. De hecho, había precedentes no tan lejanos de peticiones aún más desmesuradas y la Corona aceptó. Recuérdense por ejemplo, las famosas Capitulaciones de Santa Fe que la Corona castellana suscribió pese a los excesivos privilegios que el avaricioso Cristóbal Colón reclamó para sí. Por ello, pienso que la negativa más bien se produjo porque en realidad, pese a sus dudas, la Corona estaba decidida a mantenerse al margen del comercio colonial. No en vano, ni aceptó éste proyecto ni otros posteriores. Tan claro lo tuvieron los Austrias que hubo que esperar dos siglos, y un cambio de dinastía, para que las cosas cambiaran.

 

 

 

APÉNDICE I

 

Propuesta de Hernán Vázquez para crear una compañía de comercio mixta participada por el rey, 156333

 

“Muy ilustres señores: a lo que vuestras mercedes me dijeron acerca del asiento o compañía que Su Majestad sería servida de hacer conmigo en el trato de las mercadurías, azogue y esclavos en la contratación para Indias, habiéndome resumido en ella la haré con el puesto y condiciones siguientes:

Primeramente, que Su Majestad haya de meter de puesto principal ciento y treinta mil ducados y yo ciento y catorce mil ducados. Y Su Majestad y yo los hemos de meter en la manera siguiente: Su Majestad ha de meter mil quintales de azogue los cuales me ha de mandar entregar en esta ciudad, y por ellos se han de contar cien mil ducados a razón de cien ducados el quintal según y como los tiene vendidos a Juan Núñez en el asiento que con él tiene mandado tomar para el Solimán y el dicho azogue se me ha de dar con ella para poderlo cargar a las Indias. Los quinientos quintales se me han de entregar en todo el mes de diciembre primero y, los otros quinientos quintales, en todo el mes de agosto del año venidero de sesenta y cuatro.

Ítem, mil licencias de esclavos al precio que Su Majestad los da que es a treinta ducados cada una que montan treinta mil ducados con que se acaban de cumplir el puesto de los ciento y treinta mil ducados que Su Majestad ha de meter las cuales dichas licencias me ha de dar luego.

Ítem, esta compañía ha de durar por tiempo de cinco años que empiecen a correr y se cuenten desde primero de enero del año venidero de sesenta y cuatro y se acaben de cumplir en fin de diciembre del año de sesenta y ocho.

Ítem, que los ciento y catorce mil ducados que yo he de meter ha de ser en la forma siguiente: los cien mil ducados de ellos en dineros de contado, los cincuenta mil venida que sea la flota de Nueva España de que fue por general Pedro de las Roelas que partió en este año y, los otros cincuenta mil, a la vuelta de la flota de que está proveído por general Pedro Sánchez de Venesa de Nueva España. Y los catorce mil en privilegios, por los cuales me ha de dar tanto azogue que lo monten para que yo lo pueda meter en nombre de mi puesto y con ello acabar de henchirlo. El cual dicho azogue me ha de entregar en el primero o segundo entrego que Su Majestad me ha de mandar entregar de más de lo que Su Majestad es obligada a entregar.

Ítem, que yo el dicho Hernán Vázquez he de ser administrador general y he de comprar y cargar así el dicho azogue y esclavos como otras mercaderías que me parezcan en la nao o naos que me pareciere, registrado por cuenta y riesgo de la dicha compañía.

Ítem, que lo que pueda hacer asegurar así de ida como de venida en esta ciudad o en otras cualesquier plazas que me pareciere el todo de lo que cargare o de lo que me viniere de las Indias o parte de ello o que la dicha compañía corra el riesgo en el todo o en la parte que dejare de asegurar así de la ida como de la venida en lo cual he de tener libre y general administración, según y como a mi me pareciere.

Ítem, que yo el dicho Hernán Vázquez he de señalar en las Indias a donde hubiere de enviar las dichas mercadurías por cuenta de esta dicha compañía las personas que a mí me pareciere(n) para el beneficio de ellas y les pueda señalar por su trabajo y costas de comida lo que a mí me pareciere lo cual se ha de sacar y pagar del montón de esta dicha compañía.

Ítem, que en cualesquier puertos o ciudades de las Indias a donde yo enviare las mercadurías, esclavos y azogue por cuenta de esta dicha compañía, teniendo Su Majestad en los tales puertos o ciudades cosa o cosas, se me ha de dar cédula para sus oficiales y justicias para que me den la que de ellas pareciere a la persona a quien fueren consignadas las dichas mercaderías para que en ellas las reciba y more y beneficie y esté con más seguridad. Y, donde no las hubiere, las pueda tomar a costa de esta compañía.

Ítem, que las cuentas que se hubieren de tomar a las personas que yo hubiere señalado y que hayan beneficiado las mercadurías, esclavos y azogue tocantes a esta compañía yo sólo las haya de tomar y tome las cuentas y les pueda dar finiquitos y pagarles todos sus salarios y lo que resultare de las dichas cuentas cuando yo haya de dar la mía, como administrador general, por ellas se me pasen y reciban en cuenta.

Ítem, que cumplido el término de los dichos cinco años, si fuéremos de acuerdo de prorrogar la dicha compañía por otros cuatro o cinco años, siendo Su Majestad de ello servido y queriéndolo yo, podamos tornar a aprobar y ratificar esta dicha compañía por el dicho tiempo con que para hacer la dicha prorrogación se pueda hacer un tanteo de cuenta para que Su Majestad sepa en el estado que está la hacienda y lo que de ella ha resultado.

Ítem, que durante el tiempo de los dichos cinco años, Su Majestad ni yo, no podamos sacar cosa alguna de nuestros puestos principales, ni intereses que Dios hubiere dado y diere hasta ser cumplidos los dichos cinco años.

Ítem, que cumplidos los dichos cinco años y no habiendo de pasar adelante la dicha compañía como dicho es, en tal caso, daré mi cuenta y ante todas cosas se ha de sacar, de lo primero y mejor parado, toda la cantidad porque yo estuviere obligado por cuenta de esta dicha compañía y pagarse a las personas a quien se debiere y, lo demás restante que hubiere de nuestros puestos y ganancias, lo primero se ha de sacar nuestros puestos principales a la rata como cada uno hubiere metido y, después de habernos enterado de nuestros puestos, lo demás que quedare que Dios hubiere dado de interés en esta dicha compañía lo hemos de partir de por medio, llevando Su Majestad la mitad y yo la otra mitad, y si algún daño o pérdida hubiere, lo que Dios no quiera, lo hemos de partir de por medio, según lo habíamos de hacer en las ganancias.

Ítem, que la cuenta que yo el dicho Hernán Vázquez hubiere de dar, fenecida que sea esta dicha compañía, ha de ser en esta dicha ciudad de Sevilla, nombrando para ello por parte de Su Majestad un mercader de los que en esta ciudad residen que tratan en Indias y yo el dicho Hernán Vázquez otro y, si por caso no se conformaren, que el prior y cónsules de esta ciudad de Sevilla nombren otro tercero y a donde los dos se acostaren aquello pase y la cuenta que yo hubiere de dar ha de ser según uso y costumbre de mercaderes que tratan en Indias según dicho es y no a otra ninguna persona.

Ítem, que por ninguna necesidad que a Su Majestad se le ofrezca por ninguna vía ni manera que sea haya de tocar ni toque en mandar tomar ninguna cosa de lo tocante a esta compañía y que para ello haya de dar su cédula en forma para que luego que aquí sea venido se me entregue con no embargante sin que se me detenga.

Ítem, que Su Majestad me haya de mandar dar en esta ciudad una atarazana o almacén que yo señalare donde pueda meter el azogue, vinos y otras mercadurías de cuenta de esta dicha compañía sin que por ello me hayan de llevar dineros por todo el tiempo que durare la dicha compañía.

Ítem, que en cada un año durante la dicha compañía yo el dicho Hernán Vázquez pueda enviar dos navíos cargados juntos o cada uno por sí como yo quisiere y en los tiempos que quisiere. Y asimismo, puedan salir dos navíos ambos juntos o cada uno por sí en cada un año para que vengan derechos a esta ciudad, con registros de oro y plata y otras mercadurías sin que los virreyes o gobernadores pongan impedimento alguno.

Ítem, que Su Majestad ha de ser obligado a mandarme entregar todo el azogue que se sacare de sus minas, excepto los trescientos quintales que tiene vendidos en cada un año a Juan Núñez, y se me ha de entregar en esta ciudad de Sevilla a precio de cien ducados cada quintal con licencia. Y yo lo tengo de pagar desde el día que me lo entregare en año y medio porque todo ello es para provecho de la dicha compañía.

Ítem, que Su Majestad no pueda vender ninguna parte del dicho azogue que así se sacare de las dichas minas a ninguna persona por ningún precio que por ello den por cuanto yo lo he de haber y comprar para la dicha compañía por el precio arriba declarado ni Su Majestad dé licencia a ninguna persona para que lo compre y traiga fuera de su reino para lo cargar y enviar a las dichas Indias, ni venderlo aquí para que otro lo cargue, como Su Majestad lo tiene mandado.

Ítem, que en lo de los esclavos pueda Su Majestad dar licencia a quien fuere servido para que los pueda cargar y enviar a las dichas Indias.

Ítem, que yo el dicho Hernán Vázquez sea obligado a tener mis libros mayor y manual y borrador en que asiente mis cuentas a uso de mercaderes, con día y mes y año.

Ítem, que Su Majestad me ha de mandar dar licencia para que pueda enviar a Cabo Verde o San Tomé veinte mil ducados en cada un año para comprar los dichos esclavos por cuanto se podrán haber con muy mayor aprovechamiento, llevando los dineros de contado.

Ítem, que los dichos factores que así recibieren el dicho azogue, esclavos y otras mercadurías las puedan vender de contado o fiado como a ellos les pareciere y que de lo que fiaren hagan las obligaciones a mí el dicho Hernán Vázquez por cuenta de la compañía con Su Majestad y, en las cobranzas de ellas, haya de preferir como maravedís de haber de Su Majestad y ha de mandar dar sus provisiones para los virreyes, presidentes, gobernadores y otras justicias sobre que así lo hagan guardar y cumplir.

Ítem, que por cuanto suele acaecer que los esclavos se cargan en Cabo Verde y San Tomé antes de ser llegados a las Indias suelen morir alguna cantidad de ellos que, trayéndose por testimonio del escribano de la nao en que fueren los que se cargaren por cuenta de esta dicha compañía, vuestras mercedes sin otra prueba ni más diligencia me han de volver a dar licencia para que pueda cargar otros tantos esclavos como pareciere por el testimonio que de ello presentare haber muerto y Su Majestad ha de dar a vuestras mercedes esta facultad para que lo puedan hacer y cédula particular para ello.

Ítem, que Su Majestad ha de hacer merced a la persona que beneficiare las mercadurías de cuenta de esta compañía en la Nueva España que sea depositario general de la ciudad de México y para ello dé su provisión.

Y si otros capítulos fuere necesario poner que sean convenientes al pro de esta compañía se podrán poner porque por haber sido el tiempo breve y mis ocupaciones muchas no he tenido en este negocio la prontitud que convenía.

Y vuestras mercedes en todo el mes de noviembre me han de dar la respuesta de la resolución de esta compañía porque en defecto de no dármela yo quedo libre para poder ir prosiguiendo en mis negocios porque hasta tener respuesta de esto no me ocuparé en otros negocios de otra compañía. Hernán Vázquez.

(AGS, Consejo y Juntas de Hacienda 49, fol. 55).

1 Este artículo fue publicado en la Revista de Historia Naval Nº 97, Madrid, 2007, pp. 7-20.

2 BERNAL. Antonio Miguel: España, proyecto inacabado. Costes/beneficios del Imperio. Madrid, Marcial Pons, 2005, p. 201

3 BERNAL, Antonio Miguel: “La Casa de la Contratación de Indias: del monopolio a la negociación mercantil privada (siglo XVI)”, en La Casa de la Contratación y la navegación entre España y las Indias. Sevilla, Universidad, 2004, p. 139.

4 Tradicionalmente se venía sosteniendo que en la flota de Nicolás de Ovando viajaron 2.500 personas. Sin embargo, hace unos años, analizando el escaso tonelaje de la mayor parte de los navíos y la gran cantidad de pertrechos y bestias que llevaban, rebajamos la cantidad a menos de la mitad, es decir, a unos 1.200. Véase mi trabajo: Nicolás de Ovando y los orígenes del sistema colonial español. Santo Domingo, Patronato de la Ciudad Colonial de Santo Domingo, 2000, págs. 48-57.

5 Sobre esta expedición puede verse el magnífico y exhaustivo estudio de MENA GARCÍA, Mª del Carmen: Sevilla y las flotas de Indias. La Gran armada de Castilla del Oro (1513-1514). Sevilla, Universidad de Sevilla, 1998.

6 Ibídem, págs. 67-68.

7 BERNAL: España, proyecto inacabado, Ob. Cit., pág. 203.

8 ÁLVAREZ NOGAL, Carlos: “Instituciones y desarrollo económico: la Casa de la Contratación y la Carrera de Indias (1503-1790), en La Casa de la Contratación y la navegación entre España y las Indias. Sevilla, Universidad, 2004, pp. 27-28.

9 Sobre esta cuestión puede verse MIRA CABALLOS, Esteban: “Controversias sobre el sistema naval con América a mediados del siglo XVIII: los proyectos de Álvaro de Bazán”, Iberoamericana Nº 7. Berlín, 2002, pp. 39-57.

10 BERNAL: España, proyecto inacabado, Ob. Cit., págs. 206-207.

11 LORENZO SANZ, Eufemio: Comercio de España con América en la época de Felipe II, T. I. Valladolid, Institución Cultural Simancas, 1986, pág. 136.

12 GARCÍA-BAQUERO GONZÁLEZ, Antonio: Cádiz y el Atlántico (1717-1778), T. I. Cádiz, Diputación Provincial, 1976, p. 134.

13 GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Carlos Alberto: La Real Compañía de comercio y fábricas de San Fernando de Sevilla (1747-1787). Sevilla, Biblioteca de Temas Sevillanos, 1994, pp. 11-12.

14 BERNAL: España, proyecto inacabado…, p. 517.

15Pleito entre Hernán Vázquez de México y el fiscal de Su Majestad sobre las licencias de esclavos, 1563. AGI, Justicia 865, N. 2, Pieza 1ª.

16 Pleito entre Hernán Vázquez de México y Gonzalo Rodríguez, 1572. AGI, México 212, N. 5.

17 Ejecutoria a petición de Hernán Vázquez, 1564. AGI, Patronato 289, R. 66.

18 Pleito entre Hernán Vázquez de México y el fiscal de Su Majestad sobre las licencias de esclavos, 1563. AGI, Justicia 865, N. 2, Pieza 1ª.

19 En la travesía fallecieron 49 por lo que Hernán Vázquez reclamaba que sólo le contaran como cumplidas 362 licencias de las 1.000 adquiridas. Pleito de Hernán Vázquez de México con el fiscal de Su Majestad, 1563. AGI, Justicia 865, N. 2, 1ª pieza.

20 En cambio, sí tenemos la certeza de que no tenía parentesco alguno con otro homónimo converso, natural de Toledo, recaudador de la Santa Cruzada en la isla Española, encomendero y traficante de esclavos negros. Giménez Fernández lo hace jurado en Toledo, mientras que Ramón Carande lo cita como regidor de esa misma ciudad. GIMÉNEZ FERNÁNDEZ, Manuel: Bartolomé de Las Casas, T. II. Madrid, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1984, p. 366. CARANDE, Ramón: Carlos V y sus banqueros, T. III. Barcelona, Crítica, 1990, p. 67. Desde 1511 ostentó el cargo de comisario apostólico de la Santa Cruzada, pero nombró en ese mismo año a Lope de Bardecí por su factor para que en su nombre la cobrara. En 1558 falleció en Tierra Firme, pregonándose su fallecimiento en su ciudad natal de Toledo, por orden de los oficiales de la Casa de la Contratación, el 9 de diciembre de 1558. AGI, Contratación 5709, N. 14, R. 33.

21 GARRAIN VILLA, Luis J.: Llerena en el siglo XVI. La emigración a Indias. Badajoz, Enclave92, 1992, pp. 37-38

22 MONTOTO, Santiago: Sevilla en el Imperio. Sevilla, Biblioteca Hispalense, 2001, p. 109.

23 Pleito contra Gonzalo Rodríguez, México, 1572. AGI, México 212, N. 5.

24 Petición de Hernán Vázquez de México, México, mayo de 1570. AGI, México 170, N. 31.

25 LORENZO SANZ: Ob. Cit., T. I., pág. 137.

26 ORTIZ DE ZÚÑIGA, Diego: Anales eclesiásticos y seculares de la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Sevilla, T. IV. Madrid, Imprenta Real, 1796 (reimp. de 1988), p. 21.

27 Véase el apéndice documental.

28 En el medievo lo que existían eran la “commenda” y la “societas”. La primera era una asociación de unos pocos socios –a menudo dos- para un solo viaje y la segunda para un período de tiempo de al menos dos años. VICENS VIVES, Jaime: Historia de España y América social y económica, T. III. Barcelona, Vicens Vives, 1985, págs. 410 y ss. CARANDE: Ob. Cit., T. I, p. 290. En los inicios de la colonización dominaron unas compañías privadas pequeñas que se hacían por un período corto de tiempo o para algún descubrimiento. Así, por ejemplo, el 9 de septiembre de 1500 Rodrigo de Bastidas, vecino de la sevillana collación de San Vicente, el jurado Pedro de Valladolid, el trapero Alfón Rodríguez y otros crearon una compañía, con licencia y capitulación Real, para “descubrir por las partes de las Indias del mar océano”. Éstas fueron el tipo de compañías que se crearon en los inicios de la Colonización. BONO, José y Carmen UNGUETI-BONO: Los protocolos sevillanos en la época del Descubrimiento. Sevilla, Colegio Notarial, 1986, pp. 103-104.

 

29 Ya en 1533 los vecinos de Puerto Rico se quejaban de que, debido a la falta de mano de obra, los esclavos negros se vendían a 60 o 70 pesos de oro. Relación de la ciudad de Puerto Rico, Puerto Rico, 23 de febrero de 1533. AGI, Santo Domingo 164, N. 5. Unos años después, en 1541, la élite de la isla Española pedían que se fijase el precio máximo de venta de cada pieza en 65 pesos de oro porque, por la mucha necesidad que tienen de ellos, pagan a los mercaderes los precios que les piden. Real Cédula a los oidores de Santo Domingo, Talavera, 11 de enero de 1541. AGI, Santo Domingo 868, L. 2, ff. 21-22.

30 En el original Hernán Vázquez afirma que esperaba recibir el dinero cuando regresaran “las flotas de Pedro de las Roelas y de Pedro Sánchez de Venesa”. Debe ser un error, porque en 1563 una flota estuvo capitaneada por Pedro de las Roelas y, la otra, por Pedro Menéndez de Avilés. Sánchez de Venesa en realidad fue con dos carabelas a las islas Azores para reforzar el regreso de las flotas, ante las noticias de la presencia de corsarios. FERNÁNDEZ DURO, Cesáreo: Armada Española, desde la unión de los reinos de Castilla y Aragón, T. II. Madrid, Museo Naval, 1972, p. 465.

31 MIRA CABALLOS, Esteban: “Las licencias de esclavos negros a Hispanoamérica (1544-1550)”, Revista de Indias, N. 201. Madrid, 1994, p. 277-278.

32 LORENZO SANZ: Ob. Cit., T. I, págs. 137-138.

33 Como ya hemos afirmado el documento no está fechado. Pero tenemos razones fundamentadas para pensar que se redactó entre agosto y octubre de 1563.

Este artículo fue publicado en la Revista de Historia Naval Nº 97, Madrid, 2007, pp. 7-20.

Esteban Mira Caballos