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Historia de Sevilla

LA COFRADÍA DE SAN CRISPÍN DE SEVILLA

 

  Por Esteban Mira Caballos

(Publicado originalmente en el Boletín del Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla)

 

I.-INTRODUCCIÓN

En este artículo vamos a hacer algunas aportaciones a la historia de esta primitiva y extinta hermandad de San Crispín y San Crispiniano, del gremio de los zapateros de Sevilla. Como es sabido, esta corporación tenía su sede canónica nada menos que en la iglesia Colegial del Salvador, templo que está considerado como el más importante de Sevilla, después eso sí de la Catedral. Esta circunstancia nos puede dar una idea aproximada del poder económico y social del citado gremio. De hecho, en la Sevilla del Descubrimiento se estimaba que los oficios de la piel y el cuero estaban entre los más poderosos de la ciudad, tanto por su extenso número de integrantes -348- como por su potencialidad económica, analizada por Blanca Morel a través de las cartas de dotes1.

Los zapateros tuvieron, probablemente desde su fundación, un retablo en una de las naves laterales de la Iglesia del Salvador. Poco tiempo después de la reconstrucción del edificio, cuyas obras finalizaron en torno a 1712, los hermanos zapateros pensaron que debían adquirir un nuevo retablo que cobijase a sus imágenes titulares y que estuviese mucho más acorde con la grandeza del nuevo templo. Concretamente, en 1730, los oficiales del instituto consideraban que su retablo era "de fábrica antigua y de decencia no correspondiente a la que por lo general tienen las capillas de la dicha fábrica"2. Por ello acudieron a los ensambladores, arquitectos y escultores sevillanos Francisco José y José Fernando de Medinilla para la talla de su nuevo altar3. Actualmente este retablo se conserva en la cabecera de la nave de la epístola del citado templo. Está formado por banco, un cuerpo de tres calles y ático, presidiendo la hornacina principal una Dolorosa -fruto de la transformación de una antigua efigie de Santa Ana- flanqueada por los dos santos gremiales, San Crispín y San Crispiniano.

 

2.-LAS REGLAS DE 1633

Este presente artículo no tiene más pretensiones que ofrecer algunos comentarios sobre un libro de reglas de esta hermandad, fechado en 16334. En la portada encontramos como título: "Regla de la hermandad y cofradía de los Santos Mártires San Crispín y Crispiniano, sita en la iglesia colegial del Salvador". Según se especifica, dicho instituto fue fundado por el gremio de los zapateros en 1515. Sin embargo, en 1633 llevaron a cabo una profunda renovación, cuyo signo más visible fue la redacción de las nuevas reglas que ahora comentamos.

Como ya hemos afirmado, la hermandad estaba dedicada a las advocaciones de San Crispín y San Crispiniano que fueron dos personajes romanos que vivieron en el siglo III después de Cristo. Al parecer estos, nacidos en el seno de una familia profundamente cristiana, sintieron la llamada de Cristo para difundir el cristianismo por la Galia, entonces pagana. Una vez en territorio galo y mostrando un sentido de la honestidad muy acentuado pensaron que la petición de limosnas no era la mejor forma de evangelizar. Por ello decidieron aprender el oficio de zapateros para sobrevivir del dinero que generase su propio trabajo y evitar ser gravosos a la población. Así fue como se iniciaron en el oficio. Sin embargo, las cosas no marcharon nada bien para los dos honrados personajes que fueron prendidos y sufrieron un largo martirio, hasta su decapitación ocurrida, según la tradición, en el año 287 de nuestra era. Desde la Edad Media el gremio de los zapateros los tenía como patronos de su oficio.

Las reglas están formadas por un encabezamiento y treinta y siete capítulos. Prácticamente los catorce primeros están dedicados a la composición de su cabildo, a la elección de sus miembros y a la ubicación de cada oficial en el pleno. Las sesiones de juntas se debían celebrar en una capilla que poseía la corporación "al lado derecho de Nuestra Señora de las Aguas, hacia el altar mayor" (Cap. I). Allí mismo debía haber un pequeño mueble en el que se custodiaba su archivo (Cap. XXV).

La junta de gobierno estaría formada exactamente por diecinueve oficiales, a saber: un hermano mayor, dos alcaldes, un mayordomo, un prioste, un escribano, un fiscal y doce diputados (Cap. II). Obviamente el personaje más importante de la corporación era el hermano mayor, quien presidía los cabildos, flanqueado por los dos alcaldes -el más viejo al lado derecho y el de menos edad al izquierdo- (cap. XIII). La elección de los cargos se haría anualmente, tras la fiesta que se le hacía al santo patrón todos los veinticinco de octubre. La forma de elección era curiosa. En el caso del hermano mayor los alcaldes nombraban a un candidato y el resto de los hermanos a otros, saliendo elegido el aspirante más votado. Los alcaldes eran elegidos de forma parecida, a saber: los propios alcaldes elegían a otros dos candidatos y los demás hermanos proponían otros dos, resultando electos los dos más votados. En los demás puestos el procedimiento era el mismo, los alcaldes nombraban a uno, el resto de los hermanos a otro y ganaba el que más votos recibiese.

En los momentos de la redacción de las reglas la hermandad estaba totalmente cerrada verticalmente, según la terminología de Isidoro Moreno5, pues estaba formada exclusivamente por todos los maestros del gremio. Y precisamente el último capítulo, el XXXVII, iba al fondo de la cuestión al decir "que todos los maestros de nuestro oficio sean cofrades".

Los fines de la cofradía quedaban también muy bien especificados: primero, la veneración de los dos santos mártires y sus reliquias (cap. XXIII), delante de cuyas imágenes debía arder permanentemente una lámpara de plata (Cap. XXIV). Y segundo, cubrir las necesidades asistenciales y caritativas de los miembros del gremio. Concretamente, sus estatutos obligaban a sus integrantes a proporcionar un enterramiento digno a los

hermanos difuntos, acompañando su cuerpo con doce hachas en el entierro y celebrando una misa al mes. También sus familias tendrían derecho al seguro de enterramiento, atendiendo a sus mujeres, hijos y nietos así como a los suegros y criados, todos ellos con seis hachas en sus respectivos entierros. Esta claro que estas cofradías gremiales funcionaban, más claramente que ningún otro tipo de asociación religiosa, como verdaderos seguros de vida para el asegurado y su familia. En unos tiempos donde no había seguros de desempleo, ni seguridad social, la única garantía de subsistencia en momentos adversos dependía exclusivamente de las acciones caritativas del propio gremio.

Pero también había sitio para la beneficencia, como ocurría en la mayor parte de las hermandades de esta época. Ésta se limitaba a proporcionar gratuitamente veinticuatro pares de zapatos a otros tantos pobres (Cap. XXXII). Pese a su relativamente modesto aporte en pro de los menesterosos de Sevilla, en las reglas se dedican nada menos que cuatro capítulos a regular este aspecto. En ellos se desarrolla con detalle desde la manera en que debían confeccionarse los mismos, hasta la forma de seleccionar a los posibles beneficiarios. Curiosamente las ordenanzas especifican la preferencia que debían tener los hermanos a la hora de entregar los zapatos. Concretamente dos colectivos se beneficiarían preferentemente de estos zapatos gratis: los impedidos y "las viudas pobres".

 

3.-CONCLUSIÓN

Con estos pocos datos hemos querido dar a conocer algunos aspectos del pasado de esta hermandad de San Crispín y San Crispiniano del gremio de los zapateros de Sevilla. Hermandad y gremio eran prácticamente la misma cosa por lo que aquélla gozó del amplio prestigio que le proporcionaba su populoso gremio.

La hermandad debió extinguirse a lo largo del siglo XIX, coincidiendo con la desaparición de los gremios. Hubo algunas cofradías gremiales que terminaron reciclándose en cofradías abiertas y subsistieron en el tiempo hasta nuestros días. En el caso de esta hermandad de los zapateros no sobrevivió al siglo XIX, considerado el más anticlerical de toda la historia de España. Así, pues, en el templo del Salvador de Sevilla tan solo se mantienen activas actualmente la hermandad de Pasión, fusionada con la Sacramental y con sede precisamente en esta capilla, y la del Cristo del Amor, que desde 1922 tiene su altar en la nave de la epístola.

Creemos que este pequeño artículo contribuye a rescatar del olvido una hermandad casi olvidada en nuestros días pero que formó parte activa de la religiosidad popular de la Sevilla Moderna.

 

APÉNDICE DOCUMENTAL

 

Extracto de las reglas de la hermandad y cofradía Santos Mártires San Crispín y Crispiniano, sita en la iglesia colegial del Salvador. Fundose en 1515 y se reformó en 1633

 

-Cap. I: a donde se harán nuestros cabildos: capilla que tenemos al lado derecho de Nuestra Señora de las Aguas, hacia el altar mayor.

 

-Cap II: los oficiales que ha de haber de nuestra cofradía: 2 alcaldes y un hermano mayor y un mayordomo, un prioste, un escribano un fiscal, y 12 diputados.

 

-Cap. III: del modo de elegir a los alcaldes: después de la fiesta de los santos, los alcaldes salientes proponen dos y los hermanos otros dos, y salen los dos que obtengan más votos.

 

-Cap. IV: del modo de elegir al hermano mayor: los dos alcaldes nombran a uno y los hermanos restantes otro: Se vota y sale el candidato más votado.

 

-Cap. V: De la elección de mayordomo: los dos alcaldes nombran uno, los demás hermanos a otro candidato y sale el más votado.

 

-Cap VI: De la elección del secretario

 

-Cap. VII: de la elección del Fiscal

 

-Cap. VIII: de los doce diputados y sus obligaciones; encargados de recaudar las limosnas.

 

-Cap. IX: que cada uno acepte el oficio que le dieren

 

-Cap. X: de las obligaciones de los alcaldes

 

-Cap. XI: que se lea la regla el día de la elección

 

-Cap. XII: que ninguno jure estando en cabildo

 

-Cap. XIII: de los asientos de los oficiales en los cabildos. Centro el hermano mayor rodeado de dos alcaldes (el más viejo al lado derecho).

 

-Cap. XIV:

 

-Cap. XV: de las luminarias que ha de pagar la hermandad cada año.

 

-Cap. XVI: de la entrada de cofrades y su liminaria. Pague 8 reales

 

-Cap. XVII: del entierro de los hermanos. Entierra con 12 años??

 

-Cap. XVIII: de los pobres que muriesen siendo nuestro hermano. 12 años

 

-Cap. XIX: Del entierro de cofradas y sus hijos y nietos. A las mujeres lo dicho y a los demás 6 hachas.

 

 

-Cap. XX: del entierro de suegros y criados. 6 hachas a criados y a los otros igual que a un cofrade normal.

 

-Cap. XXI: difuntos

 

-Cap. XXII: una misa cada mes por cofrade difunto

 

-Cap. XXIII: de la veneración de nuestras reliquias San Crispín y San Crispiniano

 

-Cap. XXIV: que arda una lámpara en nuestra capilla

 

-Cap. XXV: Que haya un archivo en nuestra capilla para los papeles.

 

-Cap. XXVI: que el mayordomo pueda llamar a cabildo

 

-Cap. XXVII: que se pueda añadir o quitar lo que más convenga.

 

-Cap. XXVIII: del cabildo general que se ha de hacer en septiembre.

 

-Cap. XXIX: del día que se celebra la fiesta de Nuestro Santo (25 de octubre)

 

-Cap. XXX: de la elección de alcalde y veedor del oficio

 

-Cap. XXXI: de la obligación del alcalde y veedor

 

-Cap. XXXII: del calzado que se dará a los pobres cada año, 24 pares a 24 pobres.

 

-Cap. XXXIII: del orden que se tendrá en hacer el calzado a los pobres

 

-Cap. XXXIV: del orden que se tendrá en repartir el calzado, con preferencia a impedidos y a viudad pobres.

 

-Cap. XXXV:De la elección de administrador.

 

-Cap. XXXVI: que se haga cabildo general cada año

 

-Cap. XXXVII: que todos los maestros de nuestro oficio sean cofrades

 

(AHN Codices Nº 825B)

1    MOREL PEGUERO, Blanca: Mercaderes y artesanos en la Sevilla del Descubrimiento. Sevilla, Universidad, 1986, págs. 27-28.

2    GÓMEZ PIÑOL, Emilio: La iglesia colegial del Salvador. Arte y sociedad en Sevilla (siglos XIII al XIX). Sevilla, Fundación Farmacéutica Avenzoar, 2000, pág. 422.

3    Sobre la labor retablística de los Medinilla puede verse, además del ya clásico trabajo de Antonio Sancho Corbacho, el reciente trabajo de PASTOR TORRES, Álvaro: "Nuevas aportaciones sobre la vida y la obra del retablista dieciochesco José Fernando de Medinilla", Laboratorio de Arte, Nº 10. Sevilla, 1997, págs. 451-466.

4    Libro de reglas de la hermandad de San Crispín y San Crispiniano de Sevilla, 1633. AHN, Códices 825B.

5    MORENO, Isidoro: Cofradías y hermandades andaluzas. Sevilla, 1985, págs. 36 y ss.

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